REGLAMENTO DE VEHÍCULOS HISTÓRICOS

Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.

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El Gobierno de España ha aprobado un nuevo Reglamento que afecta a los Vehículos Históricos, introduciendo cambios significativos en su clasificación, mantenimiento y circulación. Éste entrará en vigor el próximo 1 de octubre de 2024.

Este cambio normativo tiene como objetivo modernizar la legislación vigente adaptarla a las nuevas realidades tecnológicas y medioambientales, sin dejar de reconocer la importancia patrimonial y cultural de estos automóviles.

El nuevo Reglamento establece criterios más estrictos para la consideración de un vehículo como “histórico”. Para obtener esta categoría, el automóvil debe tener al menos 30 años de antigüedad, pero además deberá haber cesado su fabricación durante al menos 15 años.

De igual manera, se exigirá que el vehículo haya mantenido sus características originales en cuanto a diseño y mecánica, sin modificaciones importantes que alteren su autenticidad. Otro cambio relevante es que la titularidad del vehículo no podrá haber variado sustancialmente en los últimos años.

Ello se dicta con el fin de evitar la reventa rápida de estos coches bajo la nueva normativa. El vehículo histórico no deberá utilizarse para fines comerciales, salvo en eventos especiales como exhibiciones o competiciones.

¿Cómo sé si mi coche es un vehículo histórico?

  • Ha sido fabricado o matriculado por primera vez hace 30 años 
  • Se ha dejado de producir dicho modelo
  • Su estado es el original, es decir, no se ha llevado a cabo ningún tipo de cambio fundamental en cuanto a sus componentes o características principales
  • Forma parte del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o ha sido declarado de interés cultural

Revisiones técnicas más rigurosas

Uno de los aspectos más destacados de la reforma es la actualización de los controles técnicos a los que deberán someterse estos vehículos. Por un lado, cabe mencionar que es cierto que se les exime de algunas de las normativas actuales referidas a las emisiones de carbono.

Sin embargo, el nuevo Reglamento establece revisiones específicas más exhaustivas para garantizar que este tipo de vehículos mantengan condiciones mínimas de seguridad vial en todo momento.

En este sentido, se han creado los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos. Se trata de entidades que se encargarán de evaluar dichos coches que quieran clasificarse como históricos. En cuanto a la ITV, la cosa cambia.

Y es que el nuevo Reglamento únicamente especifica que aquellos vehículos históricos con una antigüedad superior a los 60 años podrán eximirse de pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) periódica.

Restricciones de circulación: uso ocasional

El Reglamento también incluye novedades en cuanto a la circulación de estos vehículos en zonas urbanas. Se han implementado mayores restricciones en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), de modo que los vehículos históricos sólo podrán circular en estas áreas bajo circunstancias excepcionales.

De esta forma, lo que se busca es que el uso de los vehículos históricos sea ocasional, es decir, que no se utilicen de forma cotidiana. De lo contrario, esto mismo supondría un gran impacto medioambiental, tal y como ha informado el Consejo de Ministros.

Así, únicamente podrán circular durante un periodo máximo de 96 días anuales, y en ningún caso podrán utilizarse como medio de transporte de uso cotidiano, tal y como especificamos. Por supuesto, todo ello dependerá también de cada comunidad autónoma.

Otra de las restricciones de circulación que se contemplan en el nuevo Reglamento es el límite de velocidad. En este caso, se establece un límite de velocidad máximo de 80 km/h para aquellos vehículos que no dispongan de cinturón de seguridad en las plazas delanteras.

Beneficios y exenciones fiscales

Una de las ventajas que introduce la nueva normativa es la posibilidad de acceder a incentivos fiscales para los propietarios de Vehículos Históricos. Se ha aprobado una exención parcial en los impuestos de matriculación y de circulación, lo que representa un alivio económico importante para los aficionados a este tipo de vehículos.

Sin embargo, estos beneficios están condicionados a que el coche esté correctamente registrado como vehículo histórico bajo los nuevos parámetros y cumpla con las exigencias de mantenimiento y conservación.

Valor patrimonial y cultural

El nuevo Reglamento no sólo se centra en los aspectos técnicos y de circulación, sino que también pone en valor el patrimonio cultural que representan estos automóviles. El Gobierno ha expresado su intención de proteger y fomentar la conservación de los Vehículos Históricos, reconociendo su papel en la historia de la automoción y en la cultura popular española.

Para ello, se han previsto subvenciones y ayudas específicas para la restauración de Vehículos Históricos, especialmente aquellos que tengan un valor especial por su rareza o por haber sido fabricados en España. Además, se espera que este Reglamento impulse la organización de eventos y encuentros dedicados a la exhibición y disfrute de estos coches.

En definitiva, con la aprobación de este nuevo Reglamento, el Gobierno de España busca equilibrar la preservación del legado automovilístico con las necesidades medioambientales y de seguridad vial actuales.

Estos cambios afectarán tanto a los propietarios de Vehículos Históricos como a los aficionados, quienes ahora deberán adaptarse a una normativa más rigurosa, pero que también ofrece oportunidades y beneficios para aquellos comprometidos con la conservación de estos símbolos del pasado.

Fuente: AUTOBILD (Cristina Pérez Odriozola)