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segun motofan.com las motos podrán circular por el arcén

(@milostatic)
Estimable Member

Hola, he encontrado esto y puede que os interese... sobre todo a los urbanitas!

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Nuevo borrador que está elaborando Tráfico

Las motos podrán circular por el arcén
El futuro Reglamento General de Circulación lo autorizará si el tráfico está parado por congestión en los carriles de la vía y siempre que se extreme la precaución y no se superen los 30 km/h. 22/11/2011 El nuevo borrador que está elaborando Tráfico, filtrado a la prensa, para reformar el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1428/2003, de 21 de noviembre, cuenta con cuatro modificaciones significativas con respecto a la moto en su redactado.

El punto más destacado del futuro texto en cuanto a las motos se refiere, aparte del que da cobertura legal a las denominadas “zonas de espera adelantada” (tanto en su marcado como en su acceso y uso) es el que autoriza a motocicletas y ciclomotores a circular por el arcén de la derecha “cuando la circulación por el carril o carriles de la vía se encuentre detenida por congestión del tráfico”, extremando la precaución y “sin superar la velocidad máxima de 30 km por hora”.

También permite a motos, ciclomotores y bicis “adelantarse hasta situarse en la línea de detención, circulando con precaución entre el resto de los vehículos detenidos en dichas intersecciones. Si existieran zonas de detención adelantada reservadas para estos vehículos, sus conductores podrán aproximarse a ellas en las mismas condiciones”. Es decir, zigzaguear entre el resto de los vehículos parados en un semáforo o intersección circulando “con precaución” entre ellos para situarse delante, en la línea de detención.

Cascos y manos libres
Otro cambio es que, con respecto al uso del casco, se suprimen la exención médica para no utilizar el casco de protección y la posibilidad de uso de cascos certificados, que no homologados, siguiendo el mandato contenido en la proposición no de ley, aprobada por la Comisión de Seguridad Vial y Prevención de Accidentes del Congreso de los Diputados, el 2 de diciembre de 2010.

En definitiva, no se podrá circular llevando los llamados cascos quitamultas o calimero, similares a los empleados en la hípica y que actualmente están permitidos en los ciclomotores. Sí que estarán permitidos, en cambio, los cascos tipo jet, es decir, abiertos pero con mejor sujeción a la cabeza y de material más resistente.

Finalmente, legaliza el uso del manos libres. Eso sí, siempre que dichos dispositivos o sistemas de comunicación estén “integrados en el casco y debidamente homologados, con fines de comunicación y orientación o navegación”.

Por: Joan Carles Vázquez
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Saludos

Vespa S 125 (2009-til the infinity and beyond!) y de Madrí

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Topic starter Respondido : 02/12/2011 12:13 am
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