Foro VESPANIA
Este puede que sea uno de los problemas más habituales a los que nos enfrentemos en una compraventa, ni el más complejo (como veremos), ni el más caro.
Lo primero hay que tener claro que es cada documento:
Permiso de Circulación:
Es el documento que dice que nuestro vehículo está en condiciones de circular. Indica los dátos básicos del vehículo y su propietario.
Nos puede ser retirado por diversas causas, las más habituales son no haber pasado la itv o por embargos o cosas así (esto lo tendria que confirmar). En cualquier caso nos vamos a centrar en vehículos que en el momento de la compraventa tienen el problema de no tener pasada la itv.
Tarjeta de inspección técnica de vehículos:
Que es la de los sellos de la itv, esta no nos la pueden retirar nunca, salvo baja.
El primero es el que nos da más miedo porque es en el único sitio que vamos nuestro nombre y eso nos da derecho a dudar, si no lo tenemos delante de las narices, de si el vehículo es nuestro o no.
A la hora de hacer una transferencia de vehículo en Tráfico (una cosa que yo recomiendo hacer en persona por el notable ahorro económico y lo que se puede aprender de los funcionarios de turno) hay que ir con los papeles del vehículo, el impuesto de transmisiones pagado en la Oficina de recaudación de Hacienda Provincial, la solicitud de transmisión firmada por comprador y vendedor y la tasa de Tráfico pagada (uno 50 €uros). Allí nos harán la transferencia que en el momento figurará en los ficheros de tráfico.
¿como saber si el vehículo ha sido transferido?
Pidiendo en Tráfico un
Certificado de Antecedentes
del vehículo en el que vienen
DATOS DEL VEHÍCULO
Marca, modelo, tipo, bastidor, color, procedencia, servicio, plazas, propulsión, aut. trans, nº cvf, cilindrada, p. máximo, tara.
OTROS DATOS TÉCNICOS
tipo/variente/versión, contraseña homologación, masa máxima en carga, masa en circulación, potencia neta máxima, relación potencia/peso n. plazas de pie, nº transferencias (quitando este último apartado en la mía vienen todos los demás vacíos ¿?).
Matricula
DOMICILIO DEL VEHÍCULO
Aquí lo obvio
HISTORIAL DE TRANSFERENCIAS
idem
INCIDENCIAS
y aquí en mi caso (que es el prototipo)
concepto = DENEGATORIA
Texto= (la fecha de la transferencia)-
este vehículo tiene anotada incidencia denegatoria
Que quiere decir (interpreto) que en esa fecha me han denegado/retenido el permiso de circulación.
Este certificado, que nos cuesta unos 7€, nos certifica la propiedad (ojo, no nos la otorga, nos la certifica), y por cierto que nos va a hacer falta para pasar la itv, eso sí, casi seguro que lo querrán actualizado de fecha, vamos, que igual con un certificado de hace un año no te pasan la itv.
Con esto queda claro que una vez se hace el tramite en tráfico el vehículo cambia de dueño, otra cosa es que no le den el permiso para circular en base a que no se justifica que el vehículo esté en condiciones de ello (y así tampoco nos lo asegurarán en ningún seguro).
Nos tomamos el tiempo necesario para la restauración y cuando lo creamos conveniente volvemos a tráfico, pedimos el
certificado de antecedentes
, vamos a la itv, pagamos la consiguiente tasa y , si hay suerte y nos dan la pegatina nos vamos con el papelito de la itv a tráfico y nos hacen en el acto (y gratis!!) el permiso de circulación del vehículo en el que ¡¡Por fin!! veremos nuestro nombre escrito, pero insisto, no dudemos, el vehículo ya era nuestro.
Si, por lo que sea decidimos vender el vehículo antes de haber pasado la itv NO PASA NADA lo vendemos y el comprador recibirá lo mismo que nosotros recibimos en su momento, la Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos y nada más porque el permiso de circulación seguirá retenido mientras no se justifique que está en condiciones para circular.
Todo esto lo sé porque compré dos motos sin itv, una he tardado 5 meses en pasarla la itv y una vez pasada me han dado el permiso de circulación y ya que estaba allí pregunté que si podía vender la otra sin itv y me dijeron lo que ya sabéis.
Espero haber sido lo bastante claro, y haber servido de ayuda.
Un saludo.
Muy clara tu explicación, en mi caso el vehículo está dado de baja y tengo que solicitar la rehabilitación, además de todo lo que comentas...
Por lo que dicen por ahí lo más importante que hay que tener es:
paciencia.
saludos
vespa pk 125 xl
[quote=
ttking
]Muy clara tu explicación, en mi caso el vehículo está dado de baja y tengo que solicitar la rehabilitación, además de todo lo que comentas...
Por lo que dicen por ahí lo más importante que hay que tener es:
paciencia.
saludos
Creo que la rehabilitación la tiene que hacer el dueño y a partir de ahí todo igual, insisto, creo.
Ja, ja, un amigo en trafico sería mejor, pero si no, muuucha paciendis y mucha atención a lo que te cuentan.
Un saludo
[quote=
LÁBARU
][quote=
ttking
]Muy clara tu explicación, en mi caso el vehículo está dado de baja y tengo que solicitar la rehabilitación, además de todo lo que comentas...
Por lo que dicen por ahí lo más importante que hay que tener es:
paciencia.
saludos
Creo que la rehabilitación la tiene que hacer el dueño y a partir de ahí todo igual, insisto, creo.
Ja, ja, un amigo en trafico sería mejor, pero si no, muuucha paciendis y mucha atención a lo que te cuentan.
Un saludo
Si se hace un contrato de compraventa previo la rehabilitación la puede hacer el nuevo propietario, así hice yo en la mía. Basta con demostrar la propiedad de la moto y que tu comunidad autónoma no ponga impedimento.
En www.dgt.es tienes toda la información.
http://www.dgt.es/was6/portal/contenido ... tacion.pdf
Vespa 150S ´63
Ofelia
Vespa Sprint ´66
Ligona
Vespa P200E´83
Sacrifais
Vespa PX 200 ´02
La Milla Verde
Excelente resumen y aclaración... 😮
Ese es mi caso, compré mi P200E hace un par de años y la transferí sin problemas, lo único es que en la DGT me retuvieron el permiso de circulación hasta que pase la ITV... tengo unas ganaaaaas...
Saludos.
Vespa P200DN (83) y BMW R850R (05)
hola amigos, ahora que me han dicho que ha cambiado la ley, no pasan la ITV sin seguro, y sin itv no te hacen la transferencia. se puede hacer un seguro a tu nombre(tomador) en la moto del antiguo propietario??? para hacer la transferencia solo hace falta el papel de compraventa o tambien la copia del dni del antiguo propetario??
Pues se convierte en un callejón, ¡que digo un callejón! ¡una rotonda sin salida!
Porque si el vehículo viene de estár olvidado: no tiene seguro. Si no tiene Itv: no te lo aseguran. Si no tiene seguro: no pasa la Itv... ¿y no te lo aseguran?
Espero que te hayan informado mal, porque sino es
una confabulación JudeoMasónica
contra la restauración de clásicos...
Intentaré averiguarlo de todos modos.
PD: No se ofendan Judios, ni Masones, ni Judeomasones... porfavor
[quote=
al150s
]hola amigos, ahora que me han dicho que ha cambiado la ley, no pasan la ITV sin seguro, y sin itv no te hacen la transferencia. se puede hacer un seguro a tu nombre(tomador) en la moto del antiguo propietario??? para hacer la transferencia solo hace falta el papel de compraventa o tambien la copia del dni del antiguo propetario??
No, el lunes cambié de nombre una lambretta 200 sin itv y el seguro si que me lo hacen para pasarla
www.vespaprimaveravalencia.es
3 rodes Sc
El día 19 de octubre llevé a la ITV una moto que he transferido a mi nombre sin ITV en vigor. Tráfico me dió un papel que se llama
oficio
en el que pone que la moto es mía pero que al no tener ITV no me dan el permiso de circulación. Llevé la moto a la ITV y le dije a la mujer que me atendió que no podía tener seguro, que nadie me aseguraba la moto al no tener ni permiso de circulación ni ITV y no pasa nada. Pasé la revisión sin problema. Anotó que no tenía seguro en el ordenador (no se para qué); luego, una vez me sellaron la ficha y terminado todo hablé con un
jefe
de la estación ITV y le comenté el caso de no tener permiso de circulación y me comentó que ellos no negaban la revisión a nadie, tuviera o no seguro. Así que si tenéis problemas en ese aspecto, pedir hablar con un encargado.
Por otro lado en tráfico, al intentar transferir la moto, me dieron 10 días para pasar la ITV, si no lo hacía así me metían un procedimiento sancionador (algo así ponía en el papel). A ver si cuelgo una foto que le hice al papel, pero estoy seguro que ponía 10 días hábiles para pasar la revisión. ¿Es algo nuevo?
Me acabas de acongojar!!!!
Tengo una vespino transferida hace meses pendiente de terminar de
apañar
para pasar la ITV e ir a tráfico para que me den el permiso de circulación.
A mí no me dieron ningún
papel
.
Todo esto acaecido en Madrid.
Un saludo
GTS 250 IE ABS Rojo Vintage
Vespino f9 Fast Rider amarillo
LML 200 4t color chocolate (la chocolatina)
Motovespa Delta 1
Motovespa Delta 2
Motovespa Delta 3 (por rehabilitar)
Alguna novedad????
Un saludo
GTS 250 IE ABS Rojo Vintage
Vespino f9 Fast Rider amarillo
LML 200 4t color chocolate (la chocolatina)
Motovespa Delta 1
Motovespa Delta 2
Motovespa Delta 3 (por rehabilitar)
No es por
acongojar
a nadie 😀
Sólo aviso porque yo pensé que no había plazo desde que presentas en tráfico la compra hasta que te den el permiso de circulación y mi sorpresa fue esa. Yo soy de alicante y no sé si es sólo aquí, en la comunidad valenciana o en toda españa. A lo mejor acaba de entrar en vigor a nivel nacional, no sé. (Aunque pone real decreto del 94)
El caso es que compré una moto a la que había que darle un
serio repaso
para poder pasar la ITV, y en tráfico me pusieron un petardo en el c.... resulta que tenía sólo 10 días para arreglar esa moto y pasar la ITV. Vaya 8 días pasé, casi sin descanso, arreglando cosas en la moto. (Al final me sobraron 2 días)
Os pongo la foto del documento que me dieron al presentar la compra de la moto, no he enfocado la parte de arriba porque es donde van mis datos personales; pero ése es el único papel que acredita que he presentado una compra y que la moto ya es mía. Además que también es el papel que he de entregar junto con la ficha técnica para que me den el permiso; y se lo quedan ellos (tráfico), por lo que ya no lo tengo.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 1994.html#
Aqui pego el enlace del
famoso
Real Decreto...
me imagino que el tema depende de las ganas de fastidiar de cada jefatura provincial.
Con un poco de suerte la semana que viene me puedo pasar por tráfico e
interesarme
por el temilla.
Yo tengo una moto en el desvan desde hace meses en ese
limbo
, comprada y sin itv.
Ya sus contaré.
[quote=
juan164
]No es por
acongojar
a nadie 😀
Sólo aviso porque yo pensé que no había plazo desde que presentas en tráfico la compra hasta que te den el permiso de circulación y mi sorpresa fue esa. Yo soy de alicante y no sé si es sólo aquí, en la comunidad valenciana o en toda españa. A lo mejor acaba de entrar en vigor a nivel nacional, no sé. (Aunque pone real decreto del 94)
El caso es que compré una moto a la que había que darle un
serio repaso
para poder pasar la ITV, y en tráfico me pusieron un petardo en el c.... resulta que tenía sólo 10 días para arreglar esa moto y pasar la ITV. Vaya 8 días pasé, casi sin descanso, arreglando cosas en la moto. (Al final me sobraron 2 días)
Os pongo la foto del documento que me dieron al presentar la compra de la moto, no he enfocado la parte de arriba porque es donde van mis datos personales; pero ése es el único papel que acredita que he presentado una compra y que la moto ya es mía. Además que también es el papel que he de entregar junto con la ficha técnica para que me den el permiso; y se lo quedan ellos (tráfico), por lo que ya no lo tengo.
http://yfrog.com/1gdsc00398lvj
onclick=
window.open(this.href);return false;
Pues yo el dia 5 de enero de 2010 compre mi vespa desmontada y lijada, y el dia 25 de mayo o por hay de 2010 pase la itv, y tuve 0 problemas, en trafico hice el cambio de nombre en enero en lugar de permiso de circulación me dieron la hoja de antecedentes del vehiculo en la que aparece el ultimo propietario (ya aparecia yo como ultimo propietario) y listo, y es mas el anterior propietario ya la compro sin itv un año antes, y si tenemos en cuenta que la 1ª itv que paso esta moto fue en el 2010 no habia pasado nunca la itv.
Supongo que alfinal cada comunidad autonoma interpreta las normas segun le sale de la po...
www.vesparagon.es
Vespa 125L de 1964
La poderosa
La semana pasada he ido a transferir un AX que me han regalao (tenía que decirlo 😛 ) y he aprovechado para volver a preguntar por este tema y me han vuelto a decir lo de la otra vez: En una transferencia sin Itv pasada te retienen el permiso de circulación (evidentemente no está en condiciones de circular), cuando quiera que sea que el vehículo esté en condiciones de pasarla, hay que pedir el informe de tráfico (que, por lo menos en Cantabria, te piden para pasar la Itv) y luego de pasarla volver a Tráfico a pedir
copia del permiso de circulación por extravío
(de ellos, claro 😡 ).
Así que, por lo menos en Cantabria, todo sigue igual.
Saludos