Foro VESPANIA
Hola amigos, tengo una duda y necesito ayuda, el caso es que me venden una Lambretta muy bien de precio y en muy buen estado, el problema es que es de 200cc y yo solo tengo el carnet de conducir, y la duda es la siguiente,hay alguna manera de limitarla a 125? por lo menos para pasar la ITV.
Vespa gs 150 67"
Vespa Pk 125 Xl
limitar cilindrada no es imposible pero es ilegal
si esta a muy muy bien de precio sacate el carnet y si no cedesela a alguno
sprint del 66,(LA MARQUESA)
p200e del 82(LA ADRIANA)
MOTOBIC STELA (LA DESCONOCIDA)
yo creo que si es legal siempre que lo ponga en la documentacion.
Vespa 200ds (1979)
Vespa 200dn (1983)
Vespa 200 PX disco (1999)
Motovespa Delta (1987)
Mobylette AV63 (1956)
<a href="://img593.imageshack.us/i/462pxescudodeberangosvg.png/:3ii68ser][/url:3ii68ser]
intentalo,limitar cv de potencia es posible cilindrada no
sprint del 66,(LA MARQUESA)
p200e del 82(LA ADRIANA)
MOTOBIC STELA (LA DESCONOCIDA)
pues va a ser que tiene razon pepe,leer solo lo rojo y el resto por si le interesa a alguien:
Según la última modificación de los reglamentos, aprobados por Real Decreto 772/1997 de 30 de mayo, el que quiera conducir una moto de gran cilindrada tendrá que esperar un mínimo de 4 cuatro años para conseguirlo siguiendo un escalonamiento que ya veremos más adelante.
Como contrapartida, se presentaron una gran variación respecto a la anterior reglamentación: ya pueden conducir ciclomotores usuarios de 14 años. Esto supone una perfecta base para acercar la conducción a los más jóvenes y que lleguen a vehículos mayores (ya sea coche o moto) con una impagable experiencia acumulada. Además, con 16 se puede acceder a motos limitadas a 15 CV .
En cambio, el poder pilotar motos de mayor cilindrada se convierte en una ardua tarea. En el mejor de los casos (mayor de 18 años) tendrás que obtener una moto con limitación homologada a 34 CV y tenerla dos años para acceder a motos de cilindrada y/o potencia libre.
Llegados este punto, analicemos cada uno de los casos.
Licencia de ciclomotor
Para motores de hasta 50 cc. Se puede obtener a los 14 años, pero no se podrá llevar pasajero hasta los 16.
A1: Aparte de ciclomotores, permite pilotar motos de hasta 125 c.c. limitadas a 11 KW (15 CV). La edad mínima será de 16 años. Exige un examen teórico general, otro específico, y un práctico de maniobras en circuito cerrado. Claro que si accedes a él con más de dos años de carnet B (de coche) sólo tienes que pasar el teórico específico .
A: Se han de tener 18 años mínimo y pasar los dos teóricos y dos prácticos: uno de maniobras en circuito y otro en carretera abierta, seguido del examinador, que te indica lo que debes ir haciendo a través de unos intercomunicadores. Si tienes más de dos años de A1, sólo tienes que pasar el práctico en carretera. Los dos primeros años las motos han de estar limitadas a 25 KW (34 CV) ya sea de serie o con un kit de limitación, para después pasar a modelos
full power
y de cilindrada libre.
Limitaciones en la potencia
Esto requiere una explicación aparte. Veamos. Los modelos que de por sí ya tengan una potencia inferior a estos 34 CV pero superior a los 15 del A1, sirven para los dos años obligatorios de experiencia. Entre estos encontramos muchos, como las 250 urbanas (Suzuki TUV, Yamaha SR 250, etc), que suelen rondar entre los 20 y los 30 CV.
Después están los modelos que de serie dan más potencia, pero a los que la marca instala un kit de limitación (toma de admisión, topes de carburadores, etc) para
caparlas
a esos 34 CV y poder ser conducidos por noveles.
Pasado el tiempo obligatorio, puedes deslimitarla y disfrutar de toda la caballería original. Al precio de la moto has de añadirle el del kit, la instalación y todo el papeleo que requiere el cambio de ficha técnica y pasar ITV, que es realizado por la tienda que te la vende junto con la marca. Eso, sí: pasados los dos años, AUTOMÁTICAMENTE, ya se pueden conducir modelos de potencia libre. Con esto queremos decir que no hace falta renovar el carnet ni pasar ningún trámite burocrático: simplemente, la comprobación consisten en ver la fecha de expedición.
La tercera solución, la más barata y lógica, pero también la más complicada burocráticamente, es comprar un modelo de segunda mano, un kit de limitación para ese modelo y montarlo. Esto que parecía tan sencillo no lo era tanto por la burocracia que arrastraba, pero desde hace poco es técnicamente imposible. La moto ha de venir limitada por la casa, aunque después se pueda deslimitar en un taller.
Así que, ya sabes: El camino hasta la moto es complicado, pero no te quepa duda de que al final valdrá la pena.
Vespa 200ds (1979)
Vespa 200dn (1983)
Vespa 200 PX disco (1999)
Motovespa Delta (1987)
Mobylette AV63 (1956)
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Yo pienso que la cosa estará en limitar la potencia a lo que se pueda llevar con el carnet b, y pasar la itv para que aparezca en la documentación, para vespa si se que se puede limitar de 200 a 125, y no creo que la lambreta sea mucho mas dificil.
Vespa gs 150 67"
Vespa Pk 125 Xl
Entonces despues de lo expuesto por el amigo jose lu, seria saber cuantos caballos tiene la lambreta y limitarla para llevarla como si fuera de 125, osea a 15 cv
Vespa gs 150 67"
Vespa Pk 125 Xl
[quote=
pablituxxx
]Entonces despues de lo expuesto por el amigo jose lu, seria saber cuantos caballos tiene la Lambretta y limitarla para llevarla como si fuera de 125, osea a 15 cv
ke no ke no ke con el B solo pude llevar una 125 como mucho como si esa 125 tiene 35cv
en serio usar el buscador esto se ha hablado miles de veces
un saludo y lo siento
sprint del 66,(LA MARQUESA)
p200e del 82(LA ADRIANA)
MOTOBIC STELA (LA DESCONOCIDA)
Para pasar la ITV no te piden el carnet.
Te sacas el carnet mientras la arreglas despues de pasar la ITV.
Y con el carnet de moto se puede llevar la 200 de sobra.
Se puede llevar hasta una 750 limitada.................
Soy feo y pobre ,no sé jugar al futbol pero tengo una Vespa,por eso la gente me envidia!!
[/font:6lk48qkh] Vendo motesa cota 49..........por si alguno le hace tilin[/font:6lk48qkh]
Si tienes dudas haz la consulta a cualquier Jefatura Provincial de tráfico. Ahí no se equivocan...
Iris 200 Px
creo que no va por cilidrada, si no por los caballos que tiene la moto, tu si tienes el carne de coche y quieres pillarte una moto por ejemplo una cbr 600 , en el taller te ponen un limitador de caballos que no pasen de 11 caballos y puedes llevarla sin nigun problema, un amigo asi lo tiene
saludos
txema
si el carnet (cuando lo tienes desde hace 3 años)de coche es equivalente a el A1: Aparte de ciclomotores, permite pilotar motos de hasta 125 c.c. limitadas a 11 KW (15 CV).
yo entiendo que debes reunir estas dos condiciones.(en rojo).
Vespa 200ds (1979)
Vespa 200dn (1983)
Vespa 200 PX disco (1999)
Motovespa Delta (1987)
Mobylette AV63 (1956)
<a href="://img593.imageshack.us/i/462pxescudodeberangosvg.png/:3ii68ser][/url:3ii68ser]
[quote=
txemalari
]creo que no va por cilidrada, si no por los caballos que tiene la moto, tu si tienes el carne de coche y quieres pillarte una moto por ejemplo una cbr 600 , en el taller te ponen un limitador de caballos que no pasen de 11 caballos y puedes llevarla sin nigun problema, un amigo asi lo tiene
saludos
txema
Como dice Joselu, tiene que cumplir las 2 condiciones. 1º ser de 125 o menos, y después ,menos de 15CV. Tu amigo ha limitado su CBR a 34 CV, que es el primer tramo del A. Vamos, si la ha limitado a 11CV es que es tonto, desde el cariño, jejeje.
nandoplaza[arroba]gmail[punto]com
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