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Venta rana

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(@pepelurepe)
Eminent Member

Hola amigos vespasianos. Hace aproximadamente 2 meses vendi mi Vespa P200Px.
Hice un contrato privado entre las partes y el nuevo comprador, quiere que yo me haga carso de la factura de la revision mecanica que le quiere hacer a la moto por que pierde aceite de la mezcla. Alega que la moto ha estado parada desde el dia que se la entregue y por ese motivo la averia estaba con anterioridad a la venta.Yo la entregue perfectamente y a mi no me dio ningun problema.¿Tengo yo que pagar esa posible reparacion? ¿Si es asi por que motivo?
Estoy muy preocupado ya que pienso que este comprador me quiere meter en un lio para aprobecharse de mi inocencia.Por favor ayudarme.
Sl2

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Topic starter Respondido : 22/12/2010 7:08 pm
jose_lu
(@jose_lu)
Prominent Member

si no me equivoco salio una ley que hay que dar 6 meses de garantia,lo comfirmara alguien por aqui
un saludo

Vespa 200ds (1979)
Vespa 200dn (1983)
Vespa 200 PX disco (1999)
Motovespa Delta (1987)
Mobylette AV63 (1956)
<a href="://img593.imageshack.us/i/462pxescudodeberangosvg.png/:3ii68ser][/url:3ii68ser]

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Respondido : 22/12/2010 8:08 pm
VALDERRABANO
(@valderrabano)
Famed Member

Tu crees de verdad que se la llevó para tenerla parada...?
Te funcionaba el km...? en el contrato los anotásteis...?
Si por lo que fuera tuvieras que responder, entiendo debiera ser para evitar exclusivamente la perdida a que te refieres pero nunca para

una revisión mecánica

que vale unos cientos de euros según mecánico.

🙂

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Respondido : 22/12/2010 8:13 pm
RoDrI_BgS
(@rodri_bgs)
Noble Member

Yo siempre que he vendido un vehiculo he añadido al contrato una clausula por la que el comprador acepta conocer el estado del vehiculo (tambien me aseguro de comentar todoslos fallos o defectos que tenga y yo conozca).

No se si realmente tiene efectos legales...

Estudios científicos demuestran que el carril derecho existe... ÚSALO!!!

150 Sprint (1966)

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Respondido : 22/12/2010 9:21 pm
P2CIENTOS-E
(@p2cientos-e)
Famed Member

joder rodri, que buena idea. ¿ no podriamos poner un
contrato modelo de compra y venta en los tutoriales
y así descargarlo cuando queramos y añadir las cláusulas
que se nos ocurra para dejar las cosas claritas desde
un principio ? 😛

PD: esto estaría bien para compradores y vendedores

ten un ten con ten, joío

<a href="://img440.imageshack.us/my.php?image=twostrokeact1wr2.gif:d1y5oagg][/url:d1y5oagg]

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Respondido : 22/12/2010 9:27 pm
Bernardo
(@bernardo)
Noble Member

Entre particulares hay seis meses de garantia para vicios (averias) ocultas jamas para las piezas de desgaste ,el tendra que demostrar ante un tribunal siempre mediante pprueba pericial que eso es un vicio oculto y que el juez asi lo considere,total más de 2000 euros de gastos para una sentencia que puede tardar mas de un año y seguro que perdera ...asi que si va de listo el vera ...otra cosa es que la vendieras con algun defecto como pudiera ser un cilindro cascado algo roto....pero vamos ...siempre dentro de los seis meses siguientes a la compra si no lo va a tener mas bien dificil el listo...tu tranquilo te aprieta pero no puede llegar mas lejos ,por que seguro que se la vendiste hace mas de seis meses ¿verdad?

Lo digo por experiencia propia ,y perdon por el tocho...

Vespa GTS 300
Vespa GTS 250 abs roja
Lambretta Li 150
Px 200
Si muero, no dejeis que mi mujer venda la moto por lo que le he dicho que me ha costado...
<a href="://www.hiboox.es/go/imagenes/otros/2646889283-78f22eefbc,7a26ca1c91ae59d2c66d30967df4fd5a.jpg.html:3ar0szq8][/url:3ar0szq8]
<a href="://www.hiboox.es/go/imagenes/otros/94575660895480119-uecqemtc-c-331,d70f657ac61fa51184aa96f0e3a1053e.jpg.html:3ar0szq8][/url:3ar0szq8]

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Respondido : 22/12/2010 9:53 pm
jose_lu
(@jose_lu)
Prominent Member

no , que se la vendio hace 2 meses

un saludo

Vespa 200ds (1979)
Vespa 200dn (1983)
Vespa 200 PX disco (1999)
Motovespa Delta (1987)
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Respondido : 22/12/2010 10:10 pm
RoDrI_BgS
(@rodri_bgs)
Noble Member

[quote=

P2CIENTOS-E

]joder rodri, que buena idea.

Gracias, aunque la idea no fue mia... el primer vehiculo que vendí tenía un golpe considerable, y me aconsejaron poner dicha clausula...en ese caso detallé los daños, y el comprador conocía el presupuesto de reparación que me habian dado.

Pero insisto en que desconozco (y de hecho, dudo que así sea) si realmente tiene efectos legales... eso si, siempre puede disuadir un poco al comprador en caso de querer pasarse de listo...

Estudios científicos demuestran que el carril derecho existe... ÚSALO!!!

150 Sprint (1966)

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Respondido : 22/12/2010 10:11 pm
cordobeitor1.6i
(@cordobeitor1.6i)
Noble Member

Si puede demostrar que es un vicio oculto que no se conocia con anterioridad y anormal en la edad de la moto.
LA mia pierde, y el grifo es nuevo y cambiado 2 veces, y como te dicen nadie se compra nada para no usarlo.

www.vesparagon.es
Vespa 125L de 1964

La poderosa

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Respondido : 22/12/2010 10:34 pm
(@Anónimo)
New Member Invitado

Yo creo que un problema así al cabo de 2 meses, es para no dar ningun tipo de credito a quien te lo diga, si en 2 meses no la ha usado es su problema, de todos modos le puedes solucionar ese problema pero en ningun caso hacerle un revision general. Cuando compró la moto seguro que conocia en que estado estaba y la habria probado.

Dos no hacen trato si uno no quiere.

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Respondido : 22/12/2010 11:40 pm
(@pepelurepe)
Eminent Member

Bueno amigos, creo que peque de pardillo porque firme dos contratos, uno que me traje para dar la moto de baja en el seguro y otro trajo el de una gestoria. YO sigo diciendo que no puedo entender como una moto parada pierde el aceite de la mezcla. El argumento de este tio es que no mueve la moto poque hasta el dia 1 de enero no tiene seguro, por el tema del incremento de la poliza por la edad, en fin no veo el tema nada claro.
Lo peor es que me sigue llamando por telefono y me siento acosado. El consejo que os pido es el siguiente:
Opcion A: Paso de el y que me denuncie y despues haber que dice el juez
Opcion B: Pagar la reparacion siempre que me demuestre que la averia es un vicio oculto que tenia la moto antes de vendersela.

Por favor dazme consejos que estoy bien jodido con este tema, y lo que es peor estoy jodiendo a mi familia con la mala leche que se me esta poniendo. Maldita la hora en que vendi la Vespa a este tio.

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Topic starter Respondido : 23/12/2010 12:07 am
jose_lu
(@jose_lu)
Prominent Member

digo yo que no la movera ,pero seguro que la arranca de vez en cuando y por eso le gotea,como el 90% de las viejunas por no decir el 100%.
y no lo pages con la familia, si se pone tonto le mandas hacer el amor con un machote 😆 😆

saludos

Vespa 200ds (1979)
Vespa 200dn (1983)
Vespa 200 PX disco (1999)
Motovespa Delta (1987)
Mobylette AV63 (1956)
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Respondido : 23/12/2010 12:15 am
(@pepelurepe)
Eminent Member

Este es el que tenia que haber hecho yo:
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO ENTRE PARTICULARES

En Madrid a………………………….

VENDEDOR:

D.-------------------------------------------------------, y domicilio en………………………

COMPRADOR:

D. , con N.I.F. nº , y domicilio en

VEHÍCULO: Marca: …………….. Matrícula: ………….
Nº de Bastidor: ………………. Kilómetros: …………..

Reunidos vendedor y comprador en la fecha del encabezamiento, manifiestan haber acordado formalizar en este documento CONTRATO DE COMPRAVENTA del vehículo automóvil que se especifica, en las siguientes:

CONDICIONES

PRIMERA.- El vendedor vende al comprador el vehículo de su propiedad anteriormente especificado por la cantidad de ………………………………., sin incluir los impuestos correspondientes que serán a cargo del comprador.

SEGUNDA.- El vendedor declara que no pesa sobre el vehículo ninguna carga o gravamen, ni impuesto, deuda o sanción pendiente de abono en la fecha de la firma de este contrato, comprometiéndose en caso contrario a regularizar tal situación a su exclusivo cargo.

TERCERA.- El vendedor se compromete a facilitar los distintos documentos relativos al vehículo, así como a firmar cuantos documentos aparte de éste sean necesarios para que el vehículo quede correctamente inscrito a nombre del comprador en los correspondientes organismos públicos; a tal efecto, se acuerda, por ambas partes, que la tramitación de la transferencia del vehículo se realice por el comprador, corriendo sus honorarios por cuenta del mismo, así como el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales correspondientes a la compraventa del vehículo.

CUARTA.- Una vez entregada la documentación necesaria para la tramitación de la correspondiente transferencia en Tráfico, el vendedor entregará materialmente al comprador la posesión del vehículo, haciéndose el comprador cargo de cuantas responsabilidades puedan contraerse por la propiedad del vehículo y su tenencia y uso a partir de dicho momento de la entrega, cuya fecha y hora se especifica en el anexo al presente contrato.
QUINTA.- El vendedor advierte al comprador que, en la fecha de la compraventa, el vehículo no dispone de seguro obligatorio en vigor, por lo que el comprador deberá asegurar debidamente el vehículo a su cargo, a partir de la citada fecha. El vendedor declara, así mismo, que el vehículo se encuentra al corriente respecto a las obligaciones derivadas de la ITV (Inspección Técnica de Vehículos).

SEXTA.- El comprador declara conocer el estado actual del vehículo, por lo que exime al vendedor de garantía por vicios o defectos que surjan con posterioridad a la entrega, salvo aquellos ocultos que tengan origen en dolo o mala fe del vendedor.

SÉPTIMA.- Para cualquier litigio que surja entre las partes de la interpretación o cumplimiento del presente contrato, éstas, con expresa renuncia al fuero que pudiera corresponderles, se someterán a los Juzgados y Tribunales de Cantabria.

Y para que así conste, firman el presente contrato de compraventa, por triplicado, en la fecha y lugar arriba indicados.

Firma del vendedor, Firma del comprador

ANEXO: ENTREGA DEL VEHÍCULO

En Madrid, a las ………horas del día ……………………., el vendedor entrega materialmente el vehículo al comprador.

Firma del vendedor, Firma del comprador

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Topic starter Respondido : 23/12/2010 12:30 am
Escocés
(@escoces)
Famed Member

Fráncamente si no ha habido mala fe, no es un vicio oculto o mejor dicho que has ocultado tú, lo olvidaría.
Creo que si me viese en tu situación sólo pagaría la reparación si hubiese ocultado el problema sabiendo que lo tenía.
En caso contrario, tratamos con motos con unos años, que marcan territorio, nada. Todos hablamos mucho, pero pocos se meten hasta las cejas para defender tus principios, que no tus lauros ni tu salud, ya que creo que las dos se pierden por el camino.
Espero que tomes la decisón correcta que te deje con

paz interior

Lo que no me parece de recibo es que pierdas las ganas de

trapichear

con motos, piezas, etc que es la salsa de esta enfermedad. Eso sí siempre tratando a los demás como quieres que te traten a tí.

Un saludo

GTS 250 IE ABS Rojo Vintage
Vespino f9 Fast Rider amarillo
LML 200 4t color chocolate (la chocolatina)
Motovespa Delta 1
Motovespa Delta 2
Motovespa Delta 3 (por rehabilitar)

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Respondido : 23/12/2010 12:31 am
BAMdido
(@bamdido)
Eminent Member

Bueno mi opinion es que te ha tocado el tocapelotas de turno y no sabe realmente lo que ha comprado, no sabe que una vespa tiene unos cuantos añitos y con ello una serie de problemas, que se la hubiese comprado nueva y que fuese a reclamar a la tienda directamente, muchas personas se piensan que esto es el corte ingles.
[quote=

pepelurepe

]Opcion A: Paso de el y que me denuncie y despues haber que dice el juez
Opcion B: Pagar la reparacion siempre que me demuestre que la averia es un vicio oculto que tenia la moto antes de vendersela.

Respecto a la opcion A, no creo que sea la mejor, y mas si a el le da por indagar, echate un vistazo a esto http://civil.udg.edu/normacivil/estatal/contract/l23-03.htm

Y opcion B, o llegais a un acuerdo y pagais 50-50 o se lo reparas tu, la ley no especifica que en esa garantia tengas que pagar tu lo que te pida, simplemente pone que estas obligado a reparar cualquier desperfecto.

Espero haberte ayudado un poco.

Vespa 200 Iris 1987 con motor de TX.

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Respondido : 23/12/2010 12:34 am
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