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meca
 meca
(@meca)
Honorable Member

En Córdoba tambien se puede aparcar en la acera, repetando las prescripciones que dicta el artículo que ha puesto Valderrabano.

Vespa PX 200 iris Autolube Elestart
Vespa 150 S 2ª serie
Vespa GS 150 (ahora vitaminada a 200)
Vespa 160 Femsatronic
Granturismo 200 L
Lambretta jet 200
B.M.W. R 100 GS Paris Dakar

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Respondido : 25/07/2012 9:50 am
(@vespaciano)
Illustrious Member

en Cordoba y en mas de media España por no decir en toda 🙂 🙂

GTV250ie 08,P 200 E DN 83 , 160 del 69, 150 S 61(sidecar) y 62, 150 Sprint 65 ( Rally180) ,125 S 61,125N 53,75 Pk 82 y 50 del 67. Jet 200,TV 175 Serie 3 y Li 125 II Serie 64.SC del 82.

Soy vespista, que no vespero ni escutrerista ¡¡

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Respondido : 25/07/2012 11:32 am
(@maesse23)
Active Member

.

• La Ordenanza de Movilidad para la ciudad de Madrid recoge la normativa para estos casos en su artículo 62:

Los vehículos de dos ruedas, ya sean motocicletas, ciclomotores o bicicletas, estacionarán en los espacios específicamente reservados al efecto. En el supuesto de que no los hubiera, siempre que esté permitido el estacionamiento, podrán estacionar en la calzada junto a la acera en forma oblicua a la misma y ocupando una anchura máxima de un 1,30 metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada.

Cuando no sea posible el estacionamiento en los espacios previstos en el apartado anterior y no estuviera prohibido o existiera reserva de carga y descarga en la calzada, podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de 3 metros de ancho con las siguientes condiciones:

1. Paralelamente al bordillo, lo más próximo posible al mismo, a una distancia mínima de 0,50 metros cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 3 metros e inferior a seis.

2. A más de 2 metros de los límites de un paso de peatones o de una parada de transporte público.

3. Entre los alcorques, si los hubiera, siempre y cuando el anclaje del vehículos no se realice en los árboles u otros elementos vegetales.

4. En semibatería, cuando la anchura de las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 6 metros.

5. El acceso a las aceras, andenes y paseos se realizará con diligencia. Únicamente se podrá utilizar la fuerza del motor para salvar el desnivel de la acera.

Los estacionamientos de motocicletas y ciclomotores de más de dos ruedas se regirán por las normas generales de estacionamiento.

.

• La Ordenanza de Circulación de peatones y vehículos del Ayuntamiento de Barcelona, dice en su artículo 40 (Modificado por Acuerdo Consejo Plenario de 23 febrero 2007) .

1. Las motocicletas y ciclomotores de dos ruedas se estacionarán en los espacios destinados especialmente a este fin, sin que puedan ocupar un espacio destinado y delimitado para otro tipo de vehículo. En el supuesto de que no exista, podrán estacionar en la calzada, en semibatería, ocupando una anchura máxima de un metro y medio, y sin impedir el acceso a los vehículos inmediatos.

2. Cuando no sea posible el estacionamiento en los espacios previstos en el apartado anterior y no esté prohibido o no exista reserva de carga y descarga en la calzada, de estacionamiento para personas con discapacidad, zonas de estacionamiento prohibido definidas en el artículo 34.3 de esta Ordenanza y paradas de transporte público, podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de tres metros de anchura, en las siguientes condiciones:

a) A una distancia de cincuenta centímetros del bordillo.

b) A dos metros de los límites de un paso de peatones o de una parada de transporte público.

c) Entre los alcorques, si hay, sin sobrepasarlos.

d) Paralelamente al bordillo, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura de entre tres y seis metros.

e) En semibatería, cuando la anchura de las aceras, andenes o paseos sea superior a seis metros.

f) Accediendo a las aceras, andenes y paseos con el motor parado y sin ocupar el asiento. Únicamente se podrá utilizar la fuerza del motor para salvar el desnivel del bordillo, sin que pueda accederse por los pasos destinados a los peatones con el motor en marcha y sentado en el asiento.

g) En todo los casos, deberá dejarse un espacio libre para los peatones de tres metros.

3. El estacionamiento de motocicletas y ciclomotores de más de dos ruedas se regirá por las normas generales de estacionamiento.

.

• La Ordenanza de Circulación del Ayuntamiento de Valencia aclara esta cuestión en su artículo 60:

Las motocicletas y ciclomotores de dos ruedas estacionarán en los espacios específicamente reservados al efecto. En el supuesto de que no los hubiera, siempre que esté permitido el estacionamiento, podrán estacionar en la calzada, junto a la acera en forma oblicua a la misma y ocupando una anchura máxima de un 1,30 m, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada.

Cuando no sea posible el estacionamiento en los espacios previstos en el apartado anterior y no estuviera prohibido o existiera reserva de carga y descarga en la calzada, podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de 3 m de ancho con las siguientes condiciones:

1. Paralelamente al bordillo, lo más próximo posible al mismo, a una distancia mínima de 0,50 m, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 3 m e inferior a 6 m y siempre a más de 2 m de los límites de un paso de peatones o de una parada de transporte público.

2. En zonas señalizadas entre los alcorques, siempre y cuando el anclaje del vehículo no se realice en los árboles u otros elementos vegetales o de mobiliario urbano.

3. En semibatería, cuando la anchura de las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 6 m y siempre a más de 2 m de los límites de un paso de peatones o de una parada de transporte público.

4. El acceso a las aceras, andenes y paseos se realizará con diligencia. Únicamente se podrá utilizar la fuerza del motor para salvar el desnivel de la acera.

5. Queda prohibido obstruir o dificultar el paso de viandantes, coches de niños, coches de minusválidos, carros de compra, etc.

6. Con ocasión de festejos y actos públicos, en especial en la festividad de las Fallas, los conductores de motocicletas y ciclomotores estacionarán en su caso en las zonas que especialmente se establezcan a tal efecto, atendiendo en todo momento a las instrucciones de los agentes de autoridad encargados de su regulación.

7. Cuando se produzcan cortes de circulación por festejos, actos o cualquier otro evento, queda terminantemente prohibido rebasar los puntos cortados con vallas, cinta o cualquier otra señalización, incluso a pie arrastrando el vehículo, salvo que en el lugar de corte hubiese Agentes de Autoridad de servicio y éstos lo permitan expresamente.

8. Los estacionamientos de motocicletas y ciclomotores de más de dos ruedas se regirán por las normas generales de estacionamiento.

9. Queda prohibido estacionar en las calles peatonales salvo señalización expresa que lo autorice, en este sentido el ayuntamiento podrá señalizar plazas de estacionamiento en calles peatonales para motocicletas compatible con el resto de usos de la calle, de forma ordenada y dispuestas sobre el pavimento conforme lo dispone el art. 39.2.e) de la ley sobre el tráfico.

.

• La Ordenanza Municipal de Circulación del Ayuntamiento de Sevilla dice en sus artículos 27 y 28:

art. 27. (…) Los ciclomotores y motocicletas estacionarán como regla general en los espacios señalizados expresamente para ello. De no existir dichos espacios estacionarán en la calzada y en semibatería, ocupando un ancho máximo de 1 2 metros para ciclomotores y 1,5 para motocicletas. Cuando se estacione una motocicleta o ciclomotor entre otros vehículos, se hará de forma que no impida la maniobra de salida de éstos. (…)

art. 28. Queda prohibido el estacionamiento en los siguientes casos y lugares: 8. Sobre las aceras, medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico.

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• En la Ordenanza General de Tráfico del Ayuntamiento de Zaragoza, se específica en su artículo 27:

Las motocicletas, ciclomotores y bicicletas, de no existir espacios destinados específicamente a este fin, podrán estacionar encima de las aceras, paseos o andenes de más de tres metros de anchura, en forma paralela a la acera y a una distancia de cincuenta centímetros del extremo lateral de ésta más próxima a la calzada. La distancia longitudinal mínima entre dos vehículos de este tipo, estacionados en la forma que se cita, será de dos metros.

Para acceder al lugar del estacionamiento, se hará circulando con el motor parado, excepto para remontar el bordillo si existe y sin ocupar el asiento.

La autorización de estacionamiento precedente no será válida en las zonas de circulación señalizadas como calle residencial.

.

• La Ordenanza Municipal de Circulación del Ayuntamiento de Bilbao lo explica en el artículo 38.1:

Queda prohibido el estacionamiento, en los casos y lugares siguientes:

a) Donde lo prohiban las señales correspondientes.

b) Donde esté prohibida la parada.

c) En doble fila, en cualquier supuesto.

d) En las zonas señalizadas como reserva de carga y descarga de mercancías, dentro del horario de su vigencia.

e) En las zonas reservadas para estacionamiento de vehículos de servicio público, organismos oficiales, delegaciones diplomáticas, servicios de urgencia y policía.

f) Delante de los accesos a edificios destinados a espectáculos o actos públicos, en las horas de celebración de los mismos.

g) En condiciones que dificulten la salida de otros vehículos estacionados reglamentariamente.

h) En los vados amparados por una licencia de reserva de acceso, durante el tiempo de su vigencia.

i) En los carriles reservados a la circulación de determinadas categorías de vehículos.

j) En los lugares señalizados temporalmente por obras, limpieza, actos públicos o manifestaciones deportivas.

k) En las calles urbanizadas sin acera, salvo regulación específica.

l) En los lugares reservados para contenedores del Servicio Municipal de Limpieza.

m) Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones.

n) En zonas señalizadas para uso exclusivo de personas de movilidad reducida.

o) En las zonas debidamente señalizadas como «zonas de estacionamiento reservado» únicamente podrán hacer uso de las mismas los vehículos permitidos por la señalización correspondiente.

p) En los carriles de la calzada dispuestos para la circulación.

q) Mantener un vehículo estacionado, con síntomas de abandono.

Si por informarme que no quede, y que no le siente mal a nadie, lo unico que digo y me he explicado mal, es que no se puede estacionar en todos los municipios y segun donde en determinadas circunstancias.

A mi por suerte no me ha pasado pero a amiguetes que vienen a torrevieja de vacas se han subido a la acera y se han encontrado con la sorpresa, y se han puesto a discutir a grito pelado con el policia de turno y han terminado denunciados, aparte de la de esracionamiento una de subdelegación y la unica defensa que han tenido es que

en madrid si se puede

o

en murcia no se puede pero te dejan

........en fin, que no le siente mal a nadie, que me voy a tomarme unas cañas en mi pepa...........que me lo merezco

Un saludo

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Respondido : 25/07/2012 11:39 am
POLUTO
(@poluto)
Reputable Member

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maesse23

].
a amiguetes que vienen a torrevieja de vacas se han subido a la acera y se han encontrado con la sorpresa, y se han puesto a discutir a grito pelado con el policia de turno y han terminado denunciados

Hay mas de 2 que porque les dan una porra y un talonario de multas se creen alguien,mientras no haya unos cuantos que se vayan a casa con la porra en el culo y una cara nueva,tendremos que aguantar estas cosas.

Vespa Px T5 125cc (1988)
Borinos Scooter Classic Club Mallorca

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Respondido : 25/07/2012 4:08 pm
(@pontedera)
Illustrious Member

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POLUTO

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maesse23

].
a amiguetes que vienen a torrevieja de vacas se han subido a la acera y se han encontrado con la sorpresa, y se han puesto a discutir a grito pelado con el policia de turno y han terminado denunciados

Hay mas de 2 que porque les dan una porra y un talonario de multas se creen alguien,mientras no haya unos cuantos que se vayan a casa con la porra en el culo y una cara nueva,tendremos que aguantar estas cosas.
Me parece desmesurado este comentario, a parte de una falta fe respeto, qué conste que no soy policía pero valoro su trabajo cuando lo hacen. si como ciudadanos fuéramos más cívicos, muchas de estas cosas se evitarían.

Un saludo

Ponte

enviado desde una castaña de móvil cuya batería no dura un carajo!!

Vespa 150S ´63

Ofelia


Vespa Sprint ´66

Ligona


Vespa P200E´83

Sacrifais


Vespa PX 200 ´02

La Milla Verde

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Respondido : 25/07/2012 4:28 pm
(@santi-200)
Honorable Member

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PONTEDERA

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POLUTO

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maesse23

].
a amiguetes que vienen a torrevieja de vacas se han subido a la acera y se han encontrado con la sorpresa, y se han puesto a discutir a grito pelado con el policia de turno y han terminado denunciados

Hay mas de 2 que porque les dan una porra y un talonario de multas se creen alguien,mientras no haya unos cuantos que se vayan a casa con la porra en el culo y una cara nueva,tendremos que aguantar estas cosas.
Me parece desmesurado este comentario, a parte de una falta fe respeto, qué conste que no soy policía pero valoro su trabajo cuando lo hacen. si como ciudadanos fuéramos más cívicos, muchas de estas cosas se evitarían.

Un saludo

Ponte

enviado desde una castaña de móvil cuya batería no dura un carajo!!

Totalmente de acuerdo contigo Javi, y eso que reconozco que tengo muchos amigos policias y en la familia tambien, pero cuando tienen razón, la tienen y cuando no pues nó, pero si fueramos todos un pco mas civilizados no pasarian algunas cosas, pensamos que por ir en moto, podemos ir o hacer lo que nos dé la gana, ya que con el coche no podemos, ejemplo aparcar en la puerta de donde vamos.

Vespa 50 la regalada
Lambrettta Jet 200 la santanderina
Vespa 200 Iirs la requenense

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Respondido : 25/07/2012 8:49 pm
VALDERRABANO
(@valderrabano)
Famed Member

Y solo si os parece bien regresando al tema encuentro mucho escrito sobre todo ello por aquí desde el punto de vista policial.

http://www.foropolicia.es/foros/multa-e ... 76801.html

🙂 🙂 🙂

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Respondido : 25/07/2012 9:40 pm
(@ragaib)
Estimable Member

Seguro que hicieron una grabación con el Smart, paso todos los días por esa zona y no es la primera vez que lo veo, eso si en la calle Colón hay muchas motos aparcadas incluso frente al Corte Inglés y sin respetar las condiciones que aquí se han citado y sigen haciéndolo a diario. Obviamente son las mismas.

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Respondido : 25/07/2012 10:39 pm
(@maesse23)
Active Member

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POLUTO

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maesse23

].
a amiguetes que vienen a torrevieja de vacas se han subido a la acera y se han encontrado con la sorpresa, y se han puesto a discutir a grito pelado con el policia de turno y han terminado denunciados

Hay mas de 2 que porque les dan una porra y un talonario de multas se creen alguien,mientras no haya unos cuantos que se vayan a casa con la porra en el culo y una cara nueva,tendremos que aguantar estas cosas.[/qu

De verdad crees que con ese tipo de comentario vas a tener razón?

Que lástima das compañero.

Por mi parte no tengo más que añadir.

Un saludo.

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Respondido : 26/07/2012 6:39 pm
txele
(@txele)
Reputable Member

Esto parece ser que obedece a una campaña del Ayuntamiento con el único fin de recaudar, la presión de las administraciones al ciudadano está llegando al límite.
Vivo en un municipio, Torrent, donde han subido el I.B.I. este año el 37 %, la factura del agua el 28 %, he vuelto a tener que pagar el impuesto de circulación de la vespa después de hace por lo menos 10 años que no se pagaba, habían quitado ese impuesto y este año lo han vuelto a restituir.
En fin, no hablemos de política, pero creo que tanta presión al final explotará por algún lado.

Lo dicho, estáis avisados, parece ser que la policía tiene la orden de multar a las motos, hay que hacer caja amigos.

VESPA pk 75 XL ELESTART.

Greta

Estos son mis principios, ¿no te gustan?, tengo otros.
GROUCHO MARX

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Topic starter Respondido : 26/07/2012 7:03 pm
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