Foro VESPANIA
Hoy he ido a Tráfico y en la nota simple me pone que la moto esta dada de baja definitiva y el motivo es por Desguace. La fecha de la baja es el 01-12-1998.
Puedo tener algún problema a la hora de rehabilitarla??.
Gracias.
Vespa PX 200 Disco
En principio, si no está retroquelada, funciona todo y anda no tendrías problema. Lo único que te pueden pedir es intermitentes, pero lleva la ley 10 años sin ser cumplida en gran parte de las itvs, ahora empiezan a pedirlos en rehabilitciones.
Ponte
Vespa 150S ´63
Ofelia
Vespa Sprint ´66
Ligona
Vespa P200E´83
Sacrifais
Vespa PX 200 ´02
La Milla Verde
Como bien dice Ponte te pueden pedir intermitentes e incluso alguna chorrada más. En Madrid no hay manera de rehabilitar pero en otas comunidades es más fácil. Pásate por una ITV de tu provincia y pregunta haciéndote el tonto a ver qué pasa.[quote=
PONTEDERA
]En principio, si no está retroquelada, funciona todo y anda no tendrías problema. Lo único que te pueden pedir es intermitentes, pero lleva la ley 10 años sin ser cumplida en gran parte de las itvs, ahora empiezan a pedirlos en rehabilitciones.
Ponte
Vespa 125N 1958
Vespa 150S 1964
Vespa Sprint 1965
<a href="://img265.imageshack.us/i/img4656d.jpg/:1pba15bv][/url:1pba15bv]
Si está de baja por desguace, se supone que, debería estar destruida. Pero como no lo está, puedes rehabilitarla, si tienes la matrícula mejor que mejor.
En todo caso, has de dejar claro ante la legión de torpes burócratas con los que te vas a enfrentar, que se trata de una rehabilitación, no de un alta nueva de un vehículo, que si estaría obligado a cumplir las normativas actuales.
Es decir, ese vehículo es perfectamente rehabilitable en su condición original, no te pueden exigir nada que no tuviera.
A mi una negada me dijo que no podía rehabilitarla y debía mandarla al desguace. Ante lo que le dije que, si fuera un Hispano Suiza Alfonso XIII de 1915, ¿también tendría que mandarlo al desguace?.
Te vas a tropezar con gente con poca o nula cultura automovilística, así que no desesperes.
[quote=
Duranium
]
Es decir, ese vehículo es perfectamente rehabilitable en su condición original, no te pueden exigir nada que no tuviera.
Yo estoy en la misma situación, tengo una dada de baja por desguace y estaba convencido que tenía que poner intermitentes, ¿has pasado la itv sin ellos?¿alguien lo ha hecho?, de ser así es un alivio.
Super 125 (67)
P125X IRIS (86)
En Aranda de Duero los piden y me consta que por ley los deben pedir en toda España (el de la itv me dió los papeles que lo justifican...desde 1998) Yo les tendré ue poner por no ir a Buitrago de lozoya (Madrid) que según me han comentado allí no los piden. Ojo! sólo para rehabilitar.
Ponte
Vespa 150S ´63
Ofelia
Vespa Sprint ´66
Ligona
Vespa P200E´83
Sacrifais
Vespa PX 200 ´02
La Milla Verde
ok gracias, me informaré primero aunque seguro que si pregunto me dicen que los ponga 🙂
Super 125 (67)
P125X IRIS (86)
No es necesario ponerlos, pero piensa que cuanto más distes de la normativa, más peros te pondrán. Estás rehabilitando, no matriculando un vehículo nuevo.
Pero te digo lo de antes, si fuera un Alfonso XIII que no llevaba ni frenos delanteros, ¿habría que ponérselo?...
¿Sabeis en que ley, normativa, decreto.. se hace referencia? no me ha dado por leer estoy en plan vago... 🙂
Super 125 (67)
P125X IRIS (86)
La publicación salió en el boe el 26 de enero de 1999. Voy a buscar para asegurarme de que es legal que puedan pedirnos eso.
Ponte
Vespa 150S ´63
Ofelia
Vespa Sprint ´66
Ligona
Vespa P200E´83
Sacrifais
Vespa PX 200 ´02
La Milla Verde
[quote=
PONTEDERA
]La publicación salió en el boe el 26 de enero de 1999. Voy a buscar para asegurarme de que es legal que puedan pedirnos eso.
Ponte
Creo que esa publicación a la que te refieres obliga a llevar intermitentes a vehículos matriculados a partir de esa fecha, pero aquellos matriculados antes en cuyas características no lleven intermitentes no están obligados. El caso es si al rehabilitar hay que cumplirla o no 😕
Super 125 (67)
P125X IRIS (86)
En Aranda dicen que si, esa es la cuestión.
Ponte
Vespa 150S ´63
Ofelia
Vespa Sprint ´66
Ligona
Vespa P200E´83
Sacrifais
Vespa PX 200 ´02
La Milla Verde
Estamos convirtiendo esto en un diálogo de besugos. 😕
Super, tú vas a rehabilitar, es decir, poner de nuevo en circulación un vehículo que ya circuló por el mismo País donde lo piensas hacer de nuevo. Otra cosa distinta, son los problemas que se están encontrando los que adquieren Vespas Vietnamitas o Indias, pues a efectos legales, eso es matricular un vehículo nuevo, y ha de cumplir la normativa en el momento de su primera matrícula en España.
El problema es la disparidad de criterios que te vas a encontrar en una u otra ITV, sinceramente, porque no están preparados para ello y no tienen suficientes conocimientos.
Y en el peor de los casos, inicia el proceso para catalogarlo como vehículo histórico, cuyas ITV son mucho más permisivas, seguros más baratos...
No será tu caso, pero vehículos cuyas características sean imposible adecuarlas a la normativa actual, lo que si le van a hacer es limitar su margen de movimiento, por ejemplo, un turismo que no tenga velocidad suficiente para circular por autovía, o que no tenga luces de freno...
Como dije en otro hilo, con la normativa en mano, las Vespas de cambio manual, no podrían circular.
Esto es cuestión de armarte de paciencia, verás como lo consigues.
En todo caso, no dudes en comentar cualquier incidencia. 😉
Ok, en principio lo de histórico no me lo he planteado por el dinero que supone, cuando llegue el momento de pasar la itv os comento.
Salu2
Super 125 (67)
P125X IRIS (86)
[quote=
Duranium
]Estamos convirtiendo esto en un diálogo de besugos. 😕
Super, tú vas a rehabilitar, es decir, poner de nuevo en circulación un vehículo que ya circuló por el mismo País donde lo piensas hacer de nuevo. Otra cosa distinta, son los problemas que se están encontrando los que adquieren Vespas Vietnamitas o Indias, pues a efectos legales, eso es matricular un vehículo nuevo, y ha de cumplir la normativa en el momento de su primera matrícula en España.
El problema es la disparidad de criterios que te vas a encontrar en una u otra ITV, sinceramente, porque no están preparados para ello y no tienen suficientes conocimientos.
Y en el peor de los casos, inicia el proceso para catalogarlo como vehículo histórico, cuyas ITV son mucho más permisivas, seguros más baratos...
No será tu caso, pero vehículos cuyas características sean imposible adecuarlas a la normativa actual, lo que si le van a hacer es limitar su margen de movimiento, por ejemplo, un turismo que no tenga velocidad suficiente para circular por autovía, o que no tenga luces de freno...
Como dije en otro hilo, con la normativa en mano, las Vespas de cambio manual, no podrían circular.
Esto es cuestión de armarte de paciencia, verás como lo consigues.
En todo caso, no dudes en comentar cualquier incidencia. 😉
Pues entonces en Aranda están actuando de un modo no correcto. Podemos hacer una prueba. Llama por teléfono (947 507399) y que te expliquen qué piden en caso de rehabilitación. (a mi ya me conocen jeje). Lo mismo te dicen algo diferente. El problema que tenemos aquí es que la siguiente itv está a mas de 50 km y todas las d ela provincias están gestionadas por los mismos.
Ponte
Vespa 150S ´63
Ofelia
Vespa Sprint ´66
Ligona
Vespa P200E´83
Sacrifais
Vespa PX 200 ´02
La Milla Verde