Foro VESPANIA
Hola, buenos dias!!
Soy nuevo por aqui....
Me ofrecen dos vespas (una 150 sprint y una primavera) pero me han pasado una fotocopia de la documentación donde tiene un cuño de trafico donde dice que estan dadas de baja desde el 30/09/2010 (hace pocos dias.....).
En el cuño pone
Baja definitiva, este vehiculo no podrá volver a circular
¿Sabeis si hay alguna forma de poder volver a dar de alta estas dos vespas??
Muchas gracias!!
Salu2 y bienvenido ¿ de donde dijiste que eras ?
GTV250ie 08,P 200 E DN 83 , 160 del 69, 150 S 61(sidecar) y 62, 150 Sprint 65 ( Rally180) ,125 S 61,125N 53,75 Pk 82 y 50 del 67. Jet 200,TV 175 Serie 3 y Li 125 II Serie 64.SC del 82.
Soy vespista, que no vespero ni escutrerista ¡¡
Soy de un pueblo de Valencia, por?
Aqui nos gusta saber de donde es cada vespero, por si hay que ir a pegarle jejeje 😆 😆
Creo que hay un hilo de temas administrativos donde ponen temillas de esos.
Mi opinion es que todo es posible pero depende del precio que te den las vespas vale la pena tu tiempo o no ya que nadie te va asegurar nada.
Suerte.
Vespa PKXL del 82 74cc a 125cc
Si el que te las vende es el que las ha dado de baja y el propietario que aparece en el papel , pidele el dni y negocia el precio que si que se puede dar de alta y si solo quieres una de ellas comentalo que seguro que se le encuentra novio jejejej
www.vespaprimaveravalencia.es
3 rodes Sc
Me gustaría quedarme las dos....
Pues el problema es que las dos motos estan a nombre de su padre ya fallecido, este chico tiene todos los papeles e incluso me ha dicho que me ayuda en todo lo que pueda para que las pueda dar de alta y ponerlas a mi nombre.
Por eso me quiero informar sobre si se pueden dar de alta de nuevo y si es así ver que papeles hacen falta ya que al que estan dadas de baja hay que sumarle que el propietario falleció.
Primero habla con trafico haber si se puede rehabilitarlas, que al ser baja definitiva por lo menos en Madrid esta chungo. Y segundo deberias hacer las pregunta en cuestiones administrativas y no aqui que es para presentarse. Diselo a algun administrador que lo cambie. Suerte.
125 N 1960
La Dulce Nattie
160 1968
La Matadora
125 PK XL 1989
La Blanca Pekadora
Por favor, que algun administrador mueva este tema al subforo de CUESTIONES ADMINISTRATIVAS.
Muchas gracias!!!
Tambien que haga el favor de poner en ubicación Alfarrasí.
Muchas gracias de nuevo!!!
ya esta, ahora ya puedes pasar por Nuevas Incorporaciones y hacer lo propio 🙂
GTV250ie 08,P 200 E DN 83 , 160 del 69, 150 S 61(sidecar) y 62, 150 Sprint 65 ( Rally180) ,125 S 61,125N 53,75 Pk 82 y 50 del 67. Jet 200,TV 175 Serie 3 y Li 125 II Serie 64.SC del 82.
Soy vespista, que no vespero ni escutrerista ¡¡
Eres nuevo y se te disculpa peeeeeeeeeeeeeeeeeeeero este tema ha salido
sienes
y
sienes
de veces. Usa el buscador, plis 🙂
Vespa TX200, completamente restaurada. ¡Que gratos momentos me ha dado!
Para que veas que no somos setos e intentamos ayudar aunque a veces se repitan más que el ajo
Información de la gueb de la DGT
http://www.mir.es/SGACAVT/trafico/tramvehiculos/baja_vehiculos/alta_vehiculos.html
Art. 38
Artículo 38 del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
(Rehabilitación de los vehículos que han causado baja definitiva)
El titular o tercera persona que acredite suficientemente la propiedad de un vehículo que haya causado baja definitiva en el Registro podrá obtener de nuevo el permiso o licencia de circulación cuando lo solicite de la Jefatura de Tráfico de la provincia de su domicilio legal o de aquella en que fue matriculado el vehículo, acompañando los documentos que se indican en el anexo XV y siempre que el vehículo sea declarado apto para circular por el órgano competente en materia de Industria, previo reconocimiento del mismo dirigido a verificar que reúne las condiciones técnicas previstas en el presente Reglamento. La Jefatura de Tráfico que expida el permiso o licencia de circulación lo comunicará al Ayuntamiento del domicilio legal del titular del vehículo.
POR FAVOR, USEN EL BUSCADOOOOOOOOOOOOOOR 🙂 🙂 🙂
Vespa TX200, completamente restaurada. ¡Que gratos momentos me ha dado!
Muchas gracias a todos por vuestra ayuda!!!!
No utilizé el buscador porque quería explicar mi caso, ya que es posible que no encontrara ningún caso igual.
He visto que en el link de la dgt pone para
baja temporal
, tengo una fotocopia de las documentaciones y pone un cuño con
baja permanente
, ¿hará falta la misma documentación?
Muchas gracias!!!
Mira éste. Son los trámites del art. 38 comentado, osease, rehabilitación de vehículos dados de baja definitiva.
http://www.mir.es/SGACAVT/trafico/tramvehiculos/baja_vehiculos/rehabilitacion_veh.html
Para mayor información pásate por este hilo y léelo hasta el final 🙂
http://www.vespania.org/foro/viewtopic.php?f=18&t=7339
Vespa TX200, completamente restaurada. ¡Que gratos momentos me ha dado!
Muchas gracias Zorrito!!!