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Vespa 50

(@vespat5)
Estimable Member

Hola a todos,
mi tema es que me regalaron hace 7 años una vespa 50 matriculada en el año 68 y que ahora me gustaria legalizar.
El estado que se encuentra en trafico es de

baja definitiva por conversion

, no se que significa.

El caso es que solo ha sido de un titular que hoy se encuentra difunto.

La baja se hizo el año 87, entonces no se si se dió de baja en automatico al no satisfacer las contribuciones o porqué motivo se dio de baja, hoy ya no lo puedo preguntar porque el hombre murió.

Entonces, con un acta notarial de propiedad, puedo rehabilitar el vehículo ??

(en trafico consta como vespa 49cc, curioso no ??, en cambio tiene matricula normal de coche).
Saludos

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Topic starter Respondido : 05/10/2009 5:56 pm
(@duranium)
Illustrious Member

Si me admites el consejo, matricúlala como moto, no como ciclomotor, porque pagarás menos seguro.

Al no existir titular registral el propietario de la moto es el poseedor de la misma, vamos tú.

rethorica@hotmail.com

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Respondido : 05/10/2009 11:26 pm
(@paquito)
Famed Member

[quote=

Duranium

]Si me admites el consejo, matricúlala como moto, no como ciclomotor, porque pagarás menos seguro.

Al no existir titular registral el propietario de la moto es el poseedor de la misma, vamos tú.
Y porque le cuelas un 125 y al llevar placa de motocicleta puedes ir por autovia, cosa que con la de ciclomotor no

www.vespaprimaveravalencia.es
3 rodes Sc

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Respondido : 07/10/2009 10:04 pm
(@duranium)
Illustrious Member

Desde luego.

rethorica@hotmail.com

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Respondido : 08/10/2009 9:55 am
Khrell
(@Khrell)
Estimable Member

Primero vas a trafico y solicitas la rehabilitacion del vehiculo, comprobaran con un informe el estado de la moto (si esta realmente de baja, cargas, etc...),si el alta es viable te daran un papel sellado por la Jefatura con el que tendras que ir a la ITV, alli pediran un duplicado de la Tarjeta de Inspeccion cuando lo tengan tendras que superar la ITV, una vez conseguida vuelves a trafico y te dan papelito para pasarte por el ayuntamiento, dependiendo de tu localidad te haran pagarlo o te daran un certificado de extincion de pago por vehiculo superior a 25 años. Despues haces el Acta de Manifestaciones en un notario, y con el acta, la tarjeta de inspeccion y el impuesto de circulacion pagado otra vez a trafico pagas las tasas de rehabilitacion de vehiculo y ya esta, rehabilitacion a tu nombre! 😡

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Respondido : 23/10/2009 8:42 am
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