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transferencia en madrid, para tontos porfavor...

nonan el barbaro
(@nonan-el-barbaro)
Noble Member

ke paha chavales, a ver si alguien kon paciencia me echa un cable, ke yo en esto me pierdo en la primera ventanilla...

el tema esta ke voy a poner a mi nombre una vespa la kual compre para piezas, pero al estar nueva he localizado al titular ke aparece en trafico y me firma lo ke haga falta, pero ke me hace falta exactamente???

la moto esta sin itv, y los papeles los tengo yo, ke necesitaria ke me firmara el dueño??
ke tengo ke llevar a trafico?? cuanta pasta me saldria??

gracias de antemano.

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T5 SporTurismo del 88
150Sprint, La Juliana

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Topic starter Respondido : 26/01/2007 2:42 pm
 109
(@109)
Noble Member

[quote=

nonan el barbaro

]ke paha chavales, a ver si alguien kon paciencia me echa un cable, ke yo en esto me pierdo en la primera ventanilla...

el tema esta ke voy a poner a mi nombre una vespa la kual compre para piezas, pero al estar nueva he localizado al titular ke aparece en trafico y me firma lo ke haga falta, pero ke me hace falta exactamente???

la moto esta sin itv, y los papeles los tengo yo, ke necesitaria ke me firmara el dueño??
ke tengo ke llevar a trafico?? cuanta pasta me saldria??

gracias de antemano.

En madrid no lo sé exactamente, pero es esto más o menos:

Permiso de circulación de la mtoo
Ficha técnica (con la ITV pasada),
copia de tu DNI (compulsada)
copia de su DNI (comulsada),
Cumplimetar el impreso de Transmisiones,
Cumplimetar el modelo 420 (de hacienda),
pagar las tasas, y ya.

Alguien de Madrid que te lo diga exactamente.

www.elmundoenmoto.es

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Respondido : 26/01/2007 4:47 pm
gumi
 gumi
(@gumi)
Eminent Member

Yo acabo de conseguir, por fin, depues de 6 mesecitos de apretar y aflojar tuercas, tener la pepa a mi nombre. (hoy a las 13:00 horas, está todavía calentito)

- Primero, tienes que pasar la ITV, a nombre del dueño anterior (suerte que a mi se me fundió la bombilla trasera y tuve que robarsela al colega que me prestó la fregoneta)

- Luego, hacer un contrato compraventa ( por un importe simbólico )

- Pagar el impuesto de transmisiones (en la calle gral martinez campos)

- Conseguir fotocopia del D.N.I del dueño anterior

- Escrito del dueño anterior en el que te autorice a realizar el papeleo (osease, el cambio de titular del vehículo. Que tienes que hacer dos trámites en uno. La notificación de transmisión de titutar y la nueva titularidad. Es un solo impreso que debeís firmar los dos, tú y el dueño anterior)

Con estos papeles, te vas a tráfico (C/ Arturo Soria) te armas de paciencia y pide el día libre (entero, además llévate el bocadillo por si acaso. Es broma yo en 3 horitas lo he arreglado)

En tráfico debes presentar:

- Primero pagar las tasas 43€ y pico

- ORIGINAL DE TU DNI Y DEL DUEÑO ANTERIOR
- Original y copia del contrato de compraventa
- Autorización para tramitación de documentación.
- Impreso de transmisión de vehículos.
- Ficha técnica de la pepa (con ITV) como bien dice 109
- Permiso de circulación

Y si aún así no te aclaras, en la página de la DGT vienen los formularios y los trámites a seguir, te los puedes descargar y vas con todos los deberes hechos.

Suerte y al toro 🙄

VESPA PX 200 IRIS, BMW R 1100 RT

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Respondido : 30/01/2007 8:17 pm
Mariorun
(@Mariorun)
Trusted Member

Pues como te comentan, primero tienes q tener el numerito y la itv en vigor(el numerito aun vale el de 2006)
En general martinez campos pillas los formulairos 620 y 430 (contrato compraventa e impuesto) vas a pagar un 4% del valor por tasacion del vehiculo( consultas ese valor ahi mismo)
El dueño solo te firmara el contrato compraventa y el papel q pillas en trafico de las tasas(y algun justificante si el no va( aunq nunca me lo han pedido). El formulario de los impuestos lo firmas tu solo
1º tienes q entregar todo segun se te indica en los formularios, en hacienda-general martinez campos
2º vas con esos papeles sellados a trafico(arturo soria o la nueva de alcorcon), mas el papel de las tasas de rafico, q ya te firmo el vendedor. Y necesitas una fotocopia del dni del vendedor(antes compulsada u original, ya no es necesario)
En la informacion de vehiculos (1ªplanta) pides numero y acto seguido en la ventanilla de al lado pagas los 42€ de tasas. Te sientas y a esperar q te toque.
Cualquier dudita...ya sabes
Un saludo

pa pa pa pa pa pa pa pa

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Respondido : 01/02/2007 5:16 pm
 risa
(@risa)
Reputable Member

Perfecto creo que entendi todo solo me falta el detalle de si el papel de las tasas me lo puedo descargar por a qui??? el resto creo que di con ello me llevare el bocata por si las moscas jajajaj si algun madrileño se apunta pues haremos la fila juntos jajajaj

PK75 primavera (restauracion retrovespa gracias) del 82 todo un clasico
Pk 125 Xl por fin a mi nombre
DN 200 ahora a sacar el carnet

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Respondido : 09/02/2007 1:36 pm
(@duranium)
Illustrious Member

Por partes:

Aunque existe cierta arbitrariedad al respecto de diversas Direcciones Provinciales de Tráfico, la documentación a presentar y los impuestos a liquidar son todos los mismos.

El modelo 9.050 lo puedes descargar de aquí: http://www.vespania.org/foro/viewtopic.php?t=7337 es el antepenúltimo de la primera intervención.

El otro impreso que necesitas es el modelo 620, ese lo tienes que comprar en Hacienda Autonómica, que es donde se liquida, el importe será poca cosa.

El modelo 9.050 lo presentas en caja de Tráfico y abonas 43,40€ (200Ptas ha subido este año)

Si la documentación la vas a presentar tú, no es necesario que lleves fotocopia del DNI,con presentarlo es suficiente. el de la parte transmitente, o bien el original, o bien fotocopia compulsada.

Además:
Certificado de características del vehículo.
Tarjeta de circulación.
IVTM en vigor.
ITV en vigor, ojo si no tienes el justificante de ITV, con el sello que lleva el certificado de características debería servir.

El contrato de compra-venta, lo puedes descargar de aquí: http://www.vespania.net/manuales/CONTRA ... AVENTA.doc
O de aquí: http://www.vespania.org/foro/viewtopic.php?t=7421

Si tu actuas bajo mandato, es decir no eres ni comprador ni vendedor, será suficiente con que en el contrato, establezcas una cláusula en la que especifique que las partes acuerdan que tu lo gestiones todo, en virtud al Libro IV, Título IX, Capítulos I,II, II y IV, Artículos 1709-1739 del Código Civil.

rethorica@hotmail.com

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Respondido : 10/02/2007 1:24 am
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