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Rehabilitar Vespa 150 S de 43 años

(@al-zimmerman)
Eminent Member

Feliz Año a todos!

Antes de nada, quiero decir que me he usado concienzudamente el buscador sobre el tema que os voy a plantear.

En segundo lugar, pido perdón por la extensión de la consulta:

Acabo de adquirir una Vespa PX 125 de 2005. En una de estas cenas de navidades familiares se lo comenté a un tío mío y me dijo que a él le habían ofrecido varias veces una Vespa de 30 años de antigüedad (regalada, precio = 0€). Como es lógico le insistí en que obtuviera más detalles. Aquí va un resumen:

Vespa 150 Sprint de 1964, funcionaba perfectamente hasta hace 2 años, momento en el que se dio de baja definitivamente. Hasta ese momento se habían pagado todos los numeritos. El titular de los papeles de la moto había fallecido tiempo atrás, teniendo tres hijos como herederos (uno de ellos es el que tiene la moto en su poder).

Por lo que he podido concluir de los varios posts que he leído, tengo dos opciones:

OPCIÓN A:
1. Hacer transferencia de los papeles a mi nombre, para lo cual necesitaría fotocopia del certificado de defunción del titular, fotocopia del libro de familia, fotocopia de los DNIs de los hijos y firmar el contrato pertinente.
2. Solicitar rehabilitación de la Vespa

OPCIÓN B:
1. Recoger la moto sin hacer ninguna transferencia con esta gente y mediante acta notarial (de manifestaciones) solicitar el cambio de titularidad de la moto
2. Solicitar rehabilitación de la Vespa

Ahora bien, me surgen 2 dudas:
a. ¿Cuál es la mejor opción según vuestra opinión? Lo ideal sería molestar lo mínimo posible a la gente que regala la Vespa, ya que cualquier trámite que tengan que realizar, aunque sea sacar una fotocopia de un certificado ya les va a suponer un incordio.
b. ¿Lo veis factible?
c. ¿Se podrá rehabilitar en Madrid? He leído varios posts en los que se comenta que los vehículos dados de baja con posterioridad a 2003 y, además, en Madrid lo tienen muy difícil. Lo mejor, según estos posts, sería hacerlo vehículo histórico, pero no me gustaría hacer esto por dos motivos: económico y por mantener la matrícula original que tiene la moto (casi capicúa, una gozada!).

Gracias de antemano a todos por vuestras respuestas y opiniones y perdón por el rollo!

Un saludo,

AL

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Topic starter Respondido : 02/01/2008 1:33 pm
(@paquito)
Famed Member

Al si no quieres molestar , vas al Notario y ya está , y mas estando de baja
Lo del 2003 , si te refieres al final de la vida útil de un vehículo va para los coches ya que exigen que para darlos de baja presentesun certificado de entrega para desguace en un punto autorizado o legal , no un chatarrero y eso para las motos no lo piden y yo despues de preguntarlo documenté mi super y sin problemas
Una tercera opción que creo que no has nombrado es que si tienen el dni en vigor del fallecido te hagan una fotocopia y con eso todo solucionado , ni tienen que firmar los hijos , ni ir al notario , le pides una fotocopia que es lo que quieren en tráfico y lo firmas tu con la autorización de sus hijos y ya está

www.vespaprimaveravalencia.es
3 rodes Sc

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Respondido : 02/01/2008 2:45 pm
(@al-zimmerman)
Eminent Member

Paquito, gracias por tu respuesta...

Yo también creo que lo del notario es lo

más mejor

...

La tercera opción que tú mencionas no sé si es viable, aunque lo preguntaré.

Por cierto, es una Vespa 150 Sprint (no sé si es el mismo modelo que la 150 S)! 😀

Creo que me voy a lanzar a por ella. Total, no pierdo nada, al menos de momento.

Tengo un contacto que me la puede traer la próxima semana, donde podré poner fotos!

Un saludo,

AL

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Topic starter Respondido : 02/01/2008 3:11 pm
(@paquito)
Famed Member

La tercera opción la utilicé hace cerca de 4 años para poner a mi nombre una Sprint que le compré a la viuda y me firmó su hijo

www.vespaprimaveravalencia.es
3 rodes Sc

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Respondido : 02/01/2008 11:57 pm
(@al-zimmerman)
Eminent Member

Gracias, Paquito.

A ver por dónde sale el sol.

Ya os comentaré...

Un saludo,

AL

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Topic starter Respondido : 03/01/2008 9:16 am
(@duranium)
Illustrious Member

Yo me inclinaría también por la vía notarial, todo sea por no importunar a los herederos. Pero lo que tienes que hacer de todas todas, es tener la moto ya en tu poder.

rethorica@hotmail.com

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Respondido : 03/01/2008 1:18 pm
(@al-zimmerman)
Eminent Member

Gracias Duranium.

La moto espero tenerla la próxima semana, si todo va bien.

Una última pregunta, en todos los post sobre las actas de manifestaciones o de notoriedad se comenta que hay que poner que la moto está en nuestro poder desde hace 5 años. En mi caso esto no es verdad, ya que la moto se dio de baja hace 2 años. Hasta ese momento, los pagos del numerito y demás los hacía el hijo del titular. ¿Se podría decir que la moto está en mi poder desde hace algo más de un año o el plazo de 5 años es el mínimo?

Gracias de antemano a todos por vuestra ayuda!

Un saludo,

AL

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Topic starter Respondido : 03/01/2008 1:36 pm
(@duranium)
Illustrious Member

Trabajo con bastante frecuencia con notarios, y si te soy sincero, lo mejor es que le lleves el escrito ya redactado por ti. Pon todos los datosde la moto,por muy ridículos que te parezcan.

rethorica@hotmail.com

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Respondido : 03/01/2008 1:41 pm
(@al-zimmerman)
Eminent Member

Entendido!

Gracias, Duranium.

Un saludo,

AL

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Topic starter Respondido : 03/01/2008 2:15 pm
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