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Que infierno con la...
 
Avisos
Vaciar todo

Que infierno con la notoriedad.

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(@125del58)
Estimable Member

Hola a todos:

Os comento: En pleno lío con el acta de notoriedad me manda un mail el ayudante del notario diciendo que como no presento documentación (y a pesar de llevar dos testigos) que no me puede hacer un acta de notoriedad (¿¿¿???), que me la hace de manifestaciones. He de decir que esta persona me ha dicho que nunca han hecho un acta de estas para una moto y que no saben muy bien como va, ¿Puede ser que se esté equivocando?.

Me pidió la ficha técnica y el permiso de circulación y yo le dije que, si no me equivoco, eso solo me lo darán cuando la moto esté a mi nombre y pase la ITV ¿No?. ¿Qué me pide entonces, una factura de la persona a la que se la compré?. La hemos armado entonces porque el que me la vendió me la vendió rollo

toma esto dame lo otro

, pero ni facturas ni tickets ni nada. ¿Con una factura valdría?.

¿A que al final le meto una patada barranco abajo a la moto y me olvido de todo? (no hará falta decir que es broma verdad?). :D.

Vespa 125N de 1958.

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Topic starter Respondido : 21/10/2008 4:46 pm
 109
(@109)
Noble Member

A ver, lo he leído un poco por encima, pero en efecto, ha de ser de manifestaciones. Esto quiere decir que el notario da fe que tú dices cómo conseguiste la a-moto.

Suerte.

www.elmundoenmoto.es

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Respondido : 21/10/2008 5:25 pm
(@125del58)
Estimable Member

Pero según he leído en el foro más de una vez, un acta de manifestaciones no vale en Tráfico... . ¿Qué opción me queda entonces?.

Vespa 125N de 1958.

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Topic starter Respondido : 21/10/2008 5:26 pm
 109
(@109)
Noble Member

[quote=

125del58

]Pero según he leído en el foro más de una vez, un acta de manifestaciones no vale en Tráfico... . ¿Qué opción me queda entonces?.

¿Que no vale?. Sí vale, yo lo he hecho alguna vez y sí me lo han autorizado.

No te líes y hazlo así. No tendrás problemas.

www.elmundoenmoto.es

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Respondido : 21/10/2008 7:25 pm
(@125del58)
Estimable Member

Ah copón, pues en serio que he leido alguna vez a algún forero que se lo habían echado para atrás por ser manifestaciones... . Igual es lo de siempre, que depende de cada CCAA.

Bueno, probaré a ver que pasa en Madrid mientras cruzo los dedos y te contaré. :D.

Muchísimas gracias 109.

Vespa 125N de 1958.

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Topic starter Respondido : 21/10/2008 7:39 pm
aleman23
(@aleman23)
Reputable Member

yo la mia la rehabilite con acta de manifestaciones y no tube ni un solo problema. hazlo asi
saludos

lambretta li 150 serie 2 del 64 scootwinter
lambretta ld 125 1ª serie del año 55

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Respondido : 21/10/2008 10:54 pm
(@vespaciano)
Illustrious Member

exacto es con acta de manifestaciones, yo en breve he de hacer dos 😉 😉

GTV250ie 08,P 200 E DN 83 , 160 del 69, 150 S 61(sidecar) y 62, 150 Sprint 65 ( Rally180) ,125 S 61,125N 53,75 Pk 82 y 50 del 67. Jet 200,TV 175 Serie 3 y Li 125 II Serie 64.SC del 82.

Soy vespista, que no vespero ni escutrerista ¡¡

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Respondido : 21/10/2008 10:58 pm
(@125del58)
Estimable Member

Gracias a todos. En nada vamos para allá. :D.

Oye, ¿Y como va luego el tema?. Yo voy con mi acta de manifestaciones a tráfico y todas las tasas esas pagadas y tal ¿Y me dan dos meses para pasar la ITV verdad?. Y con eso hala, a rodar por España (sin pasar de 70 en mi caso, eso si..... 125 del 58). :D.

Vespa 125N de 1958.

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Topic starter Respondido : 21/10/2008 11:54 pm
victor manuel
(@victor-manuel)
Noble Member

Yo lo hice hace poco y ok. Hablo de Madrid. Asi que venga adelante.

125 N 1960

La Dulce Nattie

160 1968

La Matadora

125 PK XL 1989

La Blanca Pekadora

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Respondido : 22/10/2008 10:02 am
 109
(@109)
Noble Member

De nada hombre, para eso estamos.

Tienes que ir con el Acta, con el IVTM 2008 pagado, y creo, no lo recuerdo bien, con la tasa pagada de sucesiones patrimoniales (dependiendo si es rehabilitación o transferencia).

www.elmundoenmoto.es

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Respondido : 22/10/2008 11:04 am
(@125del58)
Estimable Member

Hola:

PErdonad que vuelva a subir este post arriba pero tengo una dudilla y ya acabo con el papeleo (espero):

Hoy voy a por el acta de manifestaciones famosa, ¿Ahora que?, ¿Dónde (y qué es) pago el IVTM 2008 y donde pago la tasa de sucesiones que comenta 109?. Supongo que lo mío será rehabilitación porque nadie me transfiere nada ¿Verdad?, estoy pidiendo el cambio de nombre de una moto.

¿Y no necesito como he leido otras veces un duplicado de la ficha técnica?. Eso sería ir a la ITV con el acta y me la dan no?.

Y con todo eso a tráfico y a pedir el cambio de nombre si no me equivoco.

Ayuda por favor que se me lían los papeles en este punto. :D.

Gracias.

Vespa 125N de 1958.

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Topic starter Respondido : 27/10/2008 10:56 am
 109
(@109)
Noble Member

Pues eso, si es rehabilitación, no tienes que pagar ninguna transmisión patrimonial, pero sinceramente, ya no lo rucuerdo bien.

A ver si otro te echa una mano.

www.elmundoenmoto.es

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Respondido : 27/10/2008 11:30 am
(@speedy-gonzalez)
Reputable Member

Con el acta la moto ya es oficialmente tuya.
De ahí a ITV a pedir vez para que te expidan una nueva ficha técnica.
En este punto les puedes preguntar si ganarías tiempo presentándoles una ficha técnica de una moto idéntica, porque si no aparece la tuya tendrán que hacerte una nueva tomando medidas de la moto, neumáticos, etc...

Cuando la tengan te llamarán para que vayas a por ella con la moto, pasas la inspección y ya te la dan sellada.

Y de ahí a tráfico a cubrir la

solicitud de rehabilitación

, la tasa andaba por 70-80 Euros, tardarán otro poquillo y te llamarán una vez esté listo este trámite.
Entonces presetas el acta, ficha técnica, y demás et... voilà!!

Para tráfico serás el legítimo propietario de la moto.

Creo que no se me olvida nada.

Suerte y paciencia,

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Respondido : 27/10/2008 12:46 pm
Guax
 Guax
(@Guax)
Prominent Member

[quote=

Speedy Gonzalez

]Con el acta la moto ya es oficialmente tuya

ejem, eso no es del todo exacto, a tráfico le vale con eso para inscribir a tu nombre, pero admite prueba en contrario. Cuando haya estado inscrita a tu nombre durante x tiempo, entonces por mucho que lo manifestado en el acta se pueda desvirtuar, la fecha de inscripción en el Registro correspondiente es lo que determina la adquisición por la mera posesión, o usucapión (pública, pacífica e ininterrumpidamente). Así que ojo con lo que ponéis en ese acta de manifestaciones, no vaya a ser que es falso y os metáis en un lío de los buenos (falsedad en documento público)

MotoGuzzi California SS 1100 - BIBA LA VURRA
MotoVespa DS 200 de 1979, la

Española

(gracias a TW200)
Vespa 150s 1ª Serie (mi próxima silla de despacho...)

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Respondido : 27/10/2008 5:50 pm
(@125del58)
Estimable Member

O sea que si a Tráfico le llega una prueba en contrario, ellos tirarán de fecha de su registro y si llevas más de 6 años ahí metido ahí si que ni prueba ni mindangas quieres decir no?. Pero que antes si que adminten prueba en contrario y lo que haga falta.

Y con respecto a lo que dice Speedy Gonzalez ¿Hay que hacer todo lo de la ITV antes?. ¿No se puede hacer antes el cambio de nombre y luego la restauración y la ITV?. Por gastarme las pelas más a gustito. :).

Vespa 125N de 1958.

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Topic starter Respondido : 27/10/2008 6:33 pm
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