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Ojo! con el recibo ...
 
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Ojo! con el recibo del seguro en la ITV

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(@doctoradolfo)
Noble Member

hola, si no llevas el recibo del seguro y tienes un accidente que le das a uno y le abollas una puerta , a mi me pasaria esto con otro conductor y lo primero que hago es llamar a atestados y lo que le puede pasar al que no lleva el recibo es que los de atestados le pillen en un renuncio como ir pasao de alcohol u otra cuestion y le fundan por espabilao, a si que moraleja lo que esta escrito se lee y yo llevo el recibo porque si tienes un siniestro y no lo llevas que datos le das al otro conductor eso para empezar.

un saludo 😕


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Respondido : 26/03/2010 10:55 am
(@nanicox)
Eminent Member

[quote=

VALDERRABANO

][quote=

nanicox

]El unico problema es que yo no tengo que justificar a nadie que tengo seguro. Tan solo a la administracion.
SI no existe la obligacion legal nadie te lo puede pedir. Ademas como han dicho antes si me llega el recibo del banco y lo devuelvo. Tengo el papelito te lo enseño en caso de accidente y de verdad no tengo seguro.

http://www.dgt.es/was6/portal/contenido ... nsa102.pdf

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Lo primero de todo (y así no lo olvido) gracias por la documentación de la DGT que aportas. Verás majete, permíteme que te diga que estas del todo equivocado, si te llega el recibo al banco y lo devuelves ya no tienes papelito pues es eso precisamente

el papelito

lo que tienes que devolver.
Bueno pues... si aun con todo lo tienes -

el papelito

- pero la póliza esta impagada y anulada y además tienes responsabilidad en el accidente (importante) o sea que la culpa recae en ti... vete preparándote que te espera una que ni te imaginas la de quebraderos de cabeza que a buen seguro vas a tener.
De verdad sin acritud, me trae sin cuidado como vayas por el mundo, el tiempo pone a cada uno en su lugar. Lo que si me importa, y mucho, son opiniones nada acertadas y un tanto trasnochadas que pueden inducir a error al foro y sus foreros. Dicho queda.

:pincha: :pincha: :pincha:

Tan solo decirte que te has sacado una imagen muy equivocada de mi.
Yo tan solo te he puesto un ejemplo en primera persona para que resultase mas facil de entender.
Como sabras existe la opcion de contratar con el banco/ caja el acceso telematico. Desde la pagina web de tu entidad de credito puedes devolver el recibo sin personarte en ningun sitio ni entregar el

recibo

fisicamente.
Asi que puedes encontrarte con ese caso que comente en mi respuesta anterior.

Y ahora te pregunto ¿ que harias si alguien te enseña una cuartilla impresa con el recibo del seguro?.De esas que puedes ver en tu banca electronica
Yo en su dia firme unas condiciones con entidad de credito por las que no me envian ningun documento por correo postal. Tampoco el seguro del coche o moto. Eso si puedo imprimirlos yo en mi casa sin ningun problema. Aunque resulta que todo el mundo los da por validos ( incluida la administracion) No tienen ninguna valided legal hasta que le pongan un sello en el banco.
Si tienes algun accidente tu estas en tu derecho de llamar a las autoridades. Pero no puedes exigir que te enseñen el seguro, por que no tienes derecho a pedirlo. Es obligacion de los propietarios (creo que son ellos los obligados) tener el vehiculo asegurado y acreditarlo a la administracion si fuese necesario. No ante ningun particular o empresa ( salvo que la administracion les conceda dicha atribucion y en Aragon no lo es http://www.serviciositv.es/Pages/pagina ... 4512b06f91).
Y lo unico que intento explicar es que el que te enseñen el papel fisico del banco no te garantiza para nada que tenga el seguro al dia.

Y la verdad es que ya no quiero saber como sigue esa

impresion

me ha jorobado bastante


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Respondido : 28/03/2010 9:22 pm
 meca
(@meca)
Honorable Member

Yo soy partidario que el justificante es mejor llevarlo con toda la documentación con su correspondiente sello del banco o de la correduria, si lo pagas en mano. No entiendo por que a salido esa nueva norma ni que ventajas tiene, pero lo que aconsejo a todo el mundo es que en un posible siniestro se rellene el parte amistoso con todos los datos posibles del contrario, que si no tuviera seguro ( aunque sea un calvario) ya pagaria los daños el consorcio de compensación.


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Respondido : 28/03/2010 10:50 pm
(@cordobeitor1.6i)
Noble Member

Ya hace un tiempo oi esto de que para pasar la itv te pedian el seguro.

Pero en muchos casos solo sucede un circulo sin salida, puesto que por ejemplo mi vespa (que porfin mañana recojo y empezare a montar) jamas a pasado una itv, yo la compre sin itv, y el anterior dueño tambien la compro sin itv, la iba a restaurar pero alfinal no lo hizo, pero bueno ya no hablamos de una rehabilitacion, puesto que mi itv es una itv normal y corriente. Yo al transferir la moto sin ITV no tengo el permiso de circulacion, sin permiso de circulacion es imposible hacer un seguro, si no tengo seguro no puedo pasar la itv, si no paso la itv no puedo pedir el permiso de circulacion y sin el permiso de circulacion no puedo sacar seguro y sin seguro no tengo itv... y sigue asi por los siglos!!!


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Respondido : 06/04/2010 11:53 pm
(@zorrito)
Famed Member

Ese circulo vicioso al que aludes no es correcto. Pasas la ITV con solicitud de duplicado de ficha técnica por extravío y sanseacabó. Al transferirla, pasas la ITV (en caso de no tenerla ver la solución anterior) y ya tienes todos los documentos.


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Respondido : 07/04/2010 3:13 pm
(@escoces)
Famed Member

¿Te harán el seguro de una moto sin permiso de circulación, retenido al transferirla por no tener ITV?
Si no te lo hacen, ¿cómo paso la ITV?

La cuadratura del círculo se cierra!!

saludos


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Respondido : 07/04/2010 11:47 pm
 meca
(@meca)
Honorable Member

[quote=

Escocés

]¿Te harán el seguro de una moto sin permiso de circulación, retenido al transferirla por no tener ITV?
Si no te lo hacen, ¿cómo paso la ITV?

La cuadratura del círculo se cierra!!

saludos
A mi se me ha dado ese caso y me dicen que lleve la moto en grua y cuando pase i.t.v. recoja el permiso de circulacion y contrate un seguro, por ese orden.


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Respondido : 08/04/2010 6:59 pm
(@zorrito)
Famed Member

Veis?, ¡¡¡si es que os ahogais en un vasito de agua!!! 🙂 🙂 🙂 ...siempre hay solución para todo, como cuenta meca


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Respondido : 08/04/2010 10:46 pm
(@escoces)
Famed Member

meca

wrote: [quote=

Escocés

]¿Te harán el seguro de una moto sin permiso de circulación, retenido al transferirla por no tener ITV?
Si no te lo hacen, ¿cómo paso la ITV?

La cuadratura del círculo se cierra!!

saludos

A mi se me ha dado ese caso y me dicen que lleve la moto en grua y cuando pase i.t.v. recoja el permiso de circulacion y contrate un seguro, por ese orden.

Vayamos por partes,
eso lo tengo claro , peeeeeeeeeero, hasta ahora!
¿Qué pasará a partir de mayo? That is the question!
Yo tengo un ALX con el permiso retenido, así que si no paso la ITV antes de mayo..........

saludos


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Respondido : 08/04/2010 11:03 pm
 meca
(@meca)
Honorable Member

Pero que es lo que pasa en mayo? si transfieres un vehiculo sin i.t.v.
que yo sepa no tienes fecha limite para pasar impeccion, ¿no?.


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Respondido : 09/04/2010 4:15 pm
(@cordobeitor1.6i)
Noble Member

[quote=

meca

]Pero que es lo que pasa en mayo? si transfieres un vehiculo sin i.t.v.
que yo sepa no tienes fecha limite para pasar impeccion, ¿no?.

Pues se supone que en mayo sin no tienes seguro no puedes pasar la itv, por lo que es un poco lo que he puesto yo, en mi caso compre la moto sin itv por lo que trafico no me da el permiso de circulacion hasta que no pase la itv, en la situacion logica y actual, llevo en carro la vespa paso la itv y con el papel voy a trafico y me dan el permiso.

pero si necesito seguro para pasar la itv, y resulta que no me hacen seguro sin permiso de circulacion y sin seguro no puedo pasar la itv y sin itv no puedo obtener el permiso de circulacion, es un circulo del que no se puede salir si no admiten excepciones.


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Respondido : 13/04/2010 9:38 am
 meca
(@meca)
Honorable Member

[quote=

cordobeitor1.6i

][quote=

meca

]Pero que es lo que pasa en mayo? si transfieres un vehiculo sin i.t.v.
que yo sepa no tienes fecha limite para pasar impeccion, ¿no?.

Pues se supone que en mayo sin no tienes seguro no puedes pasar la itv, por lo que es un poco lo que he puesto yo, en mi caso compre la moto sin itv por lo que trafico no me da el permiso de circulacion hasta que no pase la itv, en la situacion logica y actual, llevo en carro la Vespa paso la itv y con el papel voy a trafico y me dan el permiso.

pero si necesito seguro para pasar la itv, y resulta que no me hacen seguro sin permiso de circulacion y sin seguro no puedo pasar la itv y sin itv no puedo obtener el permiso de circulacion, es un circulo del que no se puede salir si no admiten excepciones.
Ahi está la cosa si no se admiten excepciones, te tienen que dejar pasar la i.t.v. por fuerza si no seria un vehiculo sin documentacion ni i.t.v ni seguro. coño si es que ponen las cosas de una manera que siempre tienes que estar comiendote el coco por algo 😡 😡 yo tengo dos vespas en esa situacion veremos a ver como sale la cosa.


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Respondido : 13/04/2010 10:13 am
(@GORKA_SPRINT_77)
Active Member

Hola a todos,

SI se hacen los seguros sin aportar ninguna documentación de las que comentais en las entidades de seguros.
Pero debemos conocer, que siempre el responsable de lo que se pueda ocasionar con la citada moto, será el que la conduce; y en el caso que también se puede dar, de indemnizaciones por daños en la moto, daños que sean necesarios reparar, siniestros totales que se puedan dar,..., será el beneficiario el propietario que en la DGT figure, y será necesaia su irma para que citados supuestos puedan darse.

Es más para sacarlas de los depositos de las autoridades cuando se las requisan a los indocumentados, para que salgan es necesario la presentación de los documentos pertinentes de estar asegurado, y eso SI que lo miran en el FIVA a pesar de que se les presenten toda clase de documentación fehaciente de estar al corriente del pago del SSO.

Es posible que desde la entidad aseguradora, no

les interese

asegurar a ciertos conductores de vehículos por no ser clientes integrales dentro de la entidad, o similar, y de ahí que te puedan dar largas, pero en el caso de que la entidad te quiera asegurar, incluso en Norte van a los propios depósitos de la autoridad, a verificar el estado de la misma, si ha tenido algún siniestro anterior que pueda ser reclamado a posteriori con el seguro,....

Un saludo a todos y espero que mi relato un poco aburrido haya aclarado un poco el asunto.

P.D.: si alguno de nosotros está en esta situación de no poderse asegurar,..., que lo comente, y quizás pueda aydar en el tema. :pincha:

Gorka


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Respondido : 22/04/2010 9:54 pm
(@escoces)
Famed Member

Hoy he estado en una ITV de Madrid con el ingeniero de turno. Me confirma que NO sabe nada de la obligación de tener seguro para pasar la ITV.
Tampoco conoce que se imponga a corto plazo.
¿¿¿¿¿???????

saludos


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Respondido : 22/04/2010 9:57 pm
(@zorrito)
Famed Member

Desmontar una leyenda urbana a veces cuesta. 🙂 🙂 🙂 🙂 🙂


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Respondido : 23/04/2010 2:36 pm
Página 2 / 3
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vespania