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ITV Madrid

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(@Anónimo)
New Member Invitado

Hola,
Ya estoy terminando la mi Vespita, falta solo el sistema eléctrico.
He ido al notario ,Acta de manifestaciones OK.
El motor he puesto un PX 125 con solo 2500 km procedente de un amigo que tuvo un golpe irreparable según el seguro, pero el motor OK.
Los pasos a seguir es ir a tráfico y solicitar la rehabilitación ¿NO?
Sabéis de alguna ITV en Madrid o cerca…
Tendré problemas con el Motor PX en la ITV???
Las ruedas siguen siendo de 8” , esto no lo he cambiado.

Gracias a todos…

¿Cómo se cuelgan fotos?

Un saludo
Arturo

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Topic starter Respondido : 25/05/2009 11:44 am
(@vespajo)
Noble Member

http://www.vespania.net/upload_vespania.htm
FOTO AQUI

Antes de poner en funcionamiento la boca por favor encienda el cerebro...

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Respondido : 25/05/2009 2:28 pm
(@Anónimo)
New Member Invitado

Muchas gracias

FOTO...

Saludos.

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Topic starter Respondido : 25/05/2009 3:46 pm
(@tubarro)
Famed Member

[quote=

Vinata

]Los pasos a seguir es ir a tráfico y solicitar la rehabilitación ¿NO?
Sabéis de alguna ITV en Madrid o cerca…
Tendré problemas con el Motor PX en la ITV???
Las ruedas siguen siendo de 8” , esto no lo he cambiado.

Hola, despues de solicitar la rehabilitación, si el vehículo figura como Baja Administrativa, una ITV que ha estado funcionando bien es la de Leganés.

No creo que tengas pegas con el motor, sobretodo si las ruedas siguen siendo de 8

Saludos:

Vespista, Motociclista o Motorista.
Me gustaría poner las Vespas que tengo
Pero cada vez que intento contarlas
me sale un número distinto.
Así que tengo !!!muchas!!!

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Respondido : 26/05/2009 7:56 am
(@Anónimo)
New Member Invitado

La baja es por desguace.
Tengo que borrar el numero del motor??

Muchas gracias

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Topic starter Respondido : 26/05/2009 8:17 am
(@tubarro)
Famed Member

El número de motor no te lo van a mirar, pero si la baja es por desguace, no te van a querer pasar la ITV para rehabilitación, por lo menos en la Comunidad de Madrid.

Saludos:

Vespista, Motociclista o Motorista.
Me gustaría poner las Vespas que tengo
Pero cada vez que intento contarlas
me sale un número distinto.
Así que tengo !!!muchas!!!

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Respondido : 26/05/2009 8:50 am
victor manuel
(@victor-manuel)
Noble Member

Por desguace no hay problemas, de hecho hace poco hemos pasado una de un forero en Leganes. Lo que no quieren son bajas definitivas.

125 N 1960

La Dulce Nattie

160 1968

La Matadora

125 PK XL 1989

La Blanca Pekadora

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Respondido : 26/05/2009 12:29 pm
(@Anónimo)
New Member Invitado

Bueno..... me estoy haciendo....
en el informe de antecedentes pone:

*INFORME DE BAJAS*
CONCEPTO FECHA SUCURSAL CAUSA
DEFINITIVA 11121989 DESGUACE

Algo se podra hacer ¿NO?
Con el curro que llevo... 🙁

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Topic starter Respondido : 26/05/2009 1:10 pm
(@tubarro)
Famed Member

[quote=

victor manuel

]Por desguace no hay problemas, de hecho hace poco hemos pasado una de un forero en Leganes. Lo que no quieren son bajas definitivas.

Menos mal que tenemos expertos en esto de las rehabilitaciones. Gracias por la aclaración.

Saludos:

Vespista, Motociclista o Motorista.
Me gustaría poner las Vespas que tengo
Pero cada vez que intento contarlas
me sale un número distinto.
Así que tengo !!!muchas!!!

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Respondido : 26/05/2009 1:19 pm
(@Anónimo)
New Member Invitado

Señores expertos????
Entonces mi vespita... esta de baja definitiva o por desguace o ......

Podre seguir adelante tendre cambiar de casa......

Gracias gracias gracias

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Topic starter Respondido : 26/05/2009 1:33 pm
victor manuel
(@victor-manuel)
Noble Member

Si solo pone definitiva en Madrid no se puede, si es por desguace si se puede, como ya te he dicho hemos pasado una hace muy poquito en Leganes asi. Incluso llamaando a la itv veras como si que te dejan pasarla.

125 N 1960

La Dulce Nattie

160 1968

La Matadora

125 PK XL 1989

La Blanca Pekadora

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Respondido : 26/05/2009 7:01 pm
(@Anónimo)
New Member Invitado

muchas gracias... mañana llamo.

Gracias otra vez.

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Topic starter Respondido : 26/05/2009 7:32 pm
(@duranium)
Illustrious Member

Por aclarar algo mas la cuestión, técnicamente, una baja por desguace es lo mismo que una baja definitiva, la diferencia es que se supone que en el desguace se destruye el vehículo, por lo que, por perogrullo, algo destruido no se puede rehabilitar 😛 .

Pero técnicamente adquirir un vehículo de baja definitiva o por desguace, no es más que una mera transmisión patrimonial, pero por las características del objeto transmitido, precisa ser registrado a efectos de tráfico (matrícula) y reestablecer sus particularidades técnicas (ITV) para poder circular.

Hoy por hoy, lo que es complejo es matricular un vehículo antiguo que venga de fuera de España, pues si no se matricula como histórico, ha de superar toda la normativa actual en función a los parámetros asociados a todos los vehículos que hoy se producen, es decir algo imposible.

El caso de Madrid no deja de ser peculiar, además de un agravio comparativo y un menoscabo de los intereses de los ciudadanos allí residentes, si el asunto persiste, no es mas que porque alguien no ha tenido el tiempo necesario de acudir a la justicia a denunciar tal incoherencia, no nos engañemos, la gente al final pasa y, o termina pagando o termina desistiendo, pero no se mete en camisa de 11 varas... En todo caso, NO ES LEGAL que se nieguen a realizar una ITV ni los trámites subsiguientes

En tu caso en concreto, dudo que aprecien la diferencia de motorización, básicamente porque en la ITV, tienen expresamente prohibido por reglamento desmontar cualquier pieza del vehículo al objeto de verificarla, así que si no es con una visual y los medios de los que están dotados, no pueden tocar nada.

Dicen que lo que más teme un militar es la guerra, y lo que más teme un funcionario es que le hablen de legislación con propiedad, así que cuando alguien diga que no se puede rehabilitar un vehículo de baja definitiva, sería conveniente memorizar el siguiente texto, extraído del Reglamento General de Vehículos:

[quote=

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. Capítulo IV, Artículo 38

]. Rehabilitación de los vehículos que han causado baja definitiva.

El titular o tercera persona que acredite suficientemente la propiedad de un vehículo que haya causado baja definitiva en el Registro podrá obtener de nuevo el permiso o licencia de circulación cuando lo solicite de la Jefatura de Tráfico de la provincia de su domicilio legal o de aquella en que fue matriculado el vehículo, acompañando los documentos que se indican en el anexo XV y siempre que el vehículo sea declarado apto para circular por el órgano competente en materia de Industria, previo reconocimiento del mismo dirigido a verificar que reúne las condiciones técnicas previstas en el presente Reglamento. La Jefatura de Tráfico que expida el permiso o licencia de circulación lo comunicará al Ayuntamiento del domicilio legal del titular del vehículo.

Texto íntegro:
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -1998.html

rethorica@hotmail.com

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Respondido : 27/05/2009 12:01 am
victor manuel
(@victor-manuel)
Noble Member

Duranium perfecta la teoria pero en la practica aqui en Madrid se la pasan por los eggs. Ellos no se niegan a pasar una baja definitiva si los insistes con la ley en la mano, pero te piden la nueva normativa y ahi incluso trafico no puede hacer nada. Es decir motor ecologico, intermitentes, luz de freno cuando aprietas freno de delante y algunas cosillas mas. Y se quedan tan anchos diciendo que cada comunidad es autonoma y funciona segun su reglamentacion interna. Vamos que o historica o no te la pasan.

125 N 1960

La Dulce Nattie

160 1968

La Matadora

125 PK XL 1989

La Blanca Pekadora

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Respondido : 27/05/2009 10:06 am
(@duranium)
Illustrious Member

Ojo Víctor, que no cuestiono lo que afirmáis, solo digo que sencillamente no es legal lo que esgrimen y que si siguen campando a sus anchas, no es más que porque nadie ha sido capaz de tocarle las pelotas debidamente en los tribunales.

Fíjate en el caso del chico que denunció a una ITV en ¿Valladolid?, llegó hasta el final asistido por la razón.

No me sirve que me digan que cada Comunidad Autónoma funciona de tal o cual modo, pues con esa afirmación entramos en terrenos de vulneración de derechos.

La jerarquía normativa es la misma para todos los ciudadanos, así viene expresado en el Artículo 9.3 de la Constitución Española. Por 'debajo' de la Carta Magna, a los efectos que nos conciernen, existe un Real Decreto que aclara perfectamente los pasos a seguir.

En todo caso, una rehabilitación no puede ser interpretada por la administración como un alta de un vehículo nuevo, sino como el hecho de restituir un vehículo a su capacidad operacional originaria, con los elementos de los que estaba dotado y sin aditivos posteriores.

Otra cuestión sería que, por las características originarias del vehículo, éste no tuviera las aptitudes mínimas para circular hoy en día, por lo que desde Tráfico, se podría limitar su uso en determinadas vías, o relegarlo exclusivamente a actividades ex profeso. Este extremo es algo que no afecta a nuestras Vespas, al menos con la legislación actual.

rethorica@hotmail.com

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Respondido : 27/05/2009 12:57 pm
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