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Duda sobre dar de baja moto

(@bernuy)
Estimable Member

Si compro una moto que esta hecha polvo, la quito las piezas que quiera, como le doy de baja luego? En los desguaces te piden la moto entera o les puedo dar el chasis que es lo que no quisiera, ya que para darla de baja los desguacdes son los autorizados. Como se puede hacer?
Gracias y un saludo


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Topic starter Respondido : 06/10/2010 10:27 pm
(@josed)
Eminent Member

Llama por teléfono primero, cada uno te dirá una cosa distinta. posiblemente si no se la das entera te cobren algo por quedársela por gastos de destrucción


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Respondido : 06/10/2010 10:36 pm
 meca
(@meca)
Honorable Member

Tambien la puedes dar de baja temporal, es indefinido.


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Respondido : 06/10/2010 11:13 pm
(@toniaguilera13)
Noble Member

hay sitios que vienen a recogerla y te dan el justificante que va a ser dada de baja,,,a mi me piden 30 euros


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Respondido : 06/10/2010 11:31 pm
(@simon150)
Honorable Member

Por 10 € que vale el impuesto al año, ni me planteo dar una moto de baja.

Un saludo


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Respondido : 07/10/2010 4:24 pm
(@bernuy)
Estimable Member

Si la doy de baja temporal, antes las precintaban en el garaje o donde fuese, ahora que hacen?
Si la quiero dar de baja es porque solo quedaría el chasis y no interesa pagar los 10 euros al año
Gracias y saludos


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Topic starter Respondido : 07/10/2010 6:20 pm
 meca
(@meca)
Honorable Member

Ahora no precintan ningún vehículo, así tengo yo varios jierros, ni muerto doy de baja nada que me puede hacer falta un día, y no digamos si es Vespa.

También puedes poner ese chasis a la venta, con su documentación tendrá algo de valor.
Que chasis es? si se puede saber...


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Respondido : 07/10/2010 9:15 pm
(@toniaguilera13)
Noble Member

esta claro,,si es vespa esta terminante prohibido darle de baja


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Respondido : 07/10/2010 11:24 pm
 meca
(@meca)
Honorable Member

Mira que si es un chasis de faro bajo 😯 😀 delicioso delicioso


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Respondido : 07/10/2010 11:36 pm
(@zorrito)
Famed Member

[quote=

SIMON150

]Por 10 € que vale el impuesto al año, ni me planteo dar una moto de baja.

Un saludo

Art. 2 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor:

1. Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular...

Si no está de baja...... 😛 😛 😛


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Respondido : 08/10/2010 6:52 pm
(@bernuy)
Estimable Member

Gracias a todos.
De momento no hay ninguna pero quiero saber donde me meto.
Puedo deducir que si compro una moto, la traspaso a mi nombre y luego la doy de baja TEMPORAL (oido lo de prohibido dar de baja una vespa) y no esta en la calle la puedo tener sin seguro y no pagar el numerito de ayuntamiento?
Saludosss


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Topic starter Respondido : 08/10/2010 11:16 pm
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