Foro VESPANIA
Hola a todos, puede que de aquí a no mucho tiempo tenga que ir a un notario a hacer un acta de manifestaciones, he visto una copia que subió el forero Speedy (gracias) y me surje una duda:
En este documento que es lo que los testigos aseguran, que el último propietario registral te vendió a tí la moto?
O que tu tienes en tu poder la moto desde hace X años ( 5 mínimo creo) aunque te la haya vendido un tercero que no figura en ningún sitio?
En mi caso la segunda no es verdad pero casi... Es que me da miedo embarcar a dos personas a mentir (si lo que se asegurara es la 1ª opción), con las responsabilidades que puede conllevar....
Gracias y salud!!!!
Pues lo segundo aunque si lo saben también pueden decir lo primero. Pero de lo que se trata con un acta es de acreditar que la moto lleva en tu poder, posesión, más de 6 años, plazo de prescripción adquisitiva de bienes muebles.
¡En Vespa, con sidrina, nun fai falta gasolina!
PK 75 (130 d.a.) S Elestart - La Antona
Vespa 50 N Junior - EN VENTA
He estado en trafico sacando unos informes de antecendentes, les he comentado lo del acta, y la funcionaria me dice que es el notario quien considera si la moto te pertenece o no 😯 Yo creo que no tenía ni idea...
Por lo que me comentas TheAnt (zenkiu), ningún notario te debería de poner pegas si la moto lleva en tu poder más de los 6 añitos de marras, no?
También me ha comentado que no es necesario el D.N.I del último propietario, que con un contrato de compraventa firmado por él es más que suficiente... Me dan unas ganas de echar un garabato con su nombre y evitar dejarme los cuartos en el notario....
Salud
Si haces un contrato, vas a necesitar el DNI y, además, como no lo firme el que figura de titular en Tráfico, no te va a servir de nada.
En un acta de notoriedad, tu haces unas manifestaciones que son refrendadas por los testigos y el notario declara que es notorio -valga el juego de palabras- que la moto es tuya.
Es como una declaración de herederos (cuando alguien muere sin testamento), si alguna vez te viste en una de esas.
¡En Vespa, con sidrina, nun fai falta gasolina!
PK 75 (130 d.a.) S Elestart - La Antona
Vespa 50 N Junior - EN VENTA
Lo más coj***do, es que el D.N.I lo tengo!!! Pero el contrato no... 😡 😡 😡
Le he preguntado dos veces, con cara de flipao
no hace falta el carné!!!!!!
? y ella me lo ha asegurado, por eso te digo que teniendo una firma donde copiar..... 😛 😛 😛
En mi caso hice un actga de manifestaciones basado en el mismo modelo que tú apuntas y cuando llegué al Notario, él había redactado uno donde excluía a los testigos. Al preguntarle me dijo que no aportaban nada: era yo quien asumía la responsabilidad de mis actos al afirmar que las motos eran mías (no el Notario). Insisto: en mi caso ni testigos ni nada de nada y ambas motos (incluí dos en un mismo acta) ya están
legales
. Espero que la información te sea de utilidad.
Vespas (125N-57+side, 125N-58, 125L-63, Sprint-66, Sprint-67,160GT-75) / Bultacos (Frontera 250, Alpina250-72) / Ossa 250 Turismo-76 / Hondas (XL600, / 49 (4 tie./4 vel.)) / Ducati 49TT / Suzuki GSX600F-88 / Guzzi 65-62
Claro, claro, el Notario da fe de lo que tú y, en su caso, los testigos manifiestan.
¡En Vespa, con sidrina, nun fai falta gasolina!
PK 75 (130 d.a.) S Elestart - La Antona
Vespa 50 N Junior - EN VENTA