Foro VESPANIA
Mi duda es la siguiente. Tengo una vespa dada de baja definitiva, y el último dueño me ha firmado un contrato de compra-venta, pero se le olvidó mandarme la fotocopia del dni. Mi pregunta es ¿hace falta la fotocopia del dni, o es suficiente con el contrato?
Sería interesante que lo tuvieras, aunque a efectos legales el poseedor de la cosa eres tú.
El funcionario de turno de Tráfico como está acostumbrado a gestionar según las instrucciones recibidas, no sabe, no quiere o no puede pensar y SEGURO que te lo va a pedir, por mucho que legalmente sea de tu propiedad. Consíguelo que te pondrán pegas a la hora de hacer la transferencia.
Vespa TX200, completamente restaurada. ¡Que gratos momentos me ha dado!
Y si, aunque no es el caso, yo tuviera el contrato firmado desde hace 10 años, y ahora no pudiese localizar al antiguo dueño, ¿qué haría la jefatura de tráfico?
barrosonido, según el Reglamento la transferencia debe realizarse en el plazo de 10 DIAS tras la compra. Eso no iba a colar.
Vespa TX200, completamente restaurada. ¡Que gratos momentos me ha dado!
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zorrito
]barrosonido, según el Reglamento la transferencia debe realizarse en el plazo de 10 DIAS tras la compra. Eso no iba a colar.
Si, pero eso es para vehículos que no estén dados de baja. Lo que tú compras cuando compras un vehículo dado de baja, es, por así decirlo, un montón de chatarra, un objeto, pero en el momento en el que la das de alta, vuelve a ser un vehículo. Vamos, creo yo que es así.
Tengo entendido que cuando se trata de una baja definitiva solo con el contrato de compra-venta es suficiente porque a eso no le llaman transferencia sino rehabilitacion,de todos modos ya sabes como va esto todo depende del funcionario con el que des.Por si te sirve de algo aqui te mando esta pagina espero que te pueda aclarar algo.SUERTE.[web] http://www.clubclasicosalnes.com/index2.php?option=com_content&do_pdf=1&id=13 [/web]
125 N 1960
La Dulce Nattie
160 1968
La Matadora
125 PK XL 1989
La Blanca Pekadora