Foro VESPANIA
....... no sé, si lo he comentado, o puesto alguna foto por aquí, pero os comento.....
Hace una semana, un primo hermano mio, me ha regalado, sí,sí, regalado, una Vespa-50 de 4 marchas, la cual tras unas cuantas llamadas me has dicho lo siguiente.
Llamada a DGT. para preguntar, si está dada de baja o sigue de alta
Contestacion -- Dada de Alta, no consta baja ninguna..
Dada esa contestación, me llamo al ayuntamiento de mi ciudad, para preguntar....
Cuantos recibos de impuesto de circulación faltan por pagar de XXXXXXXX vehículo.
Contestación --- Está al dia en todos los pagos.....
además me añaden,
y tiene en vigor un seguro en la compañia XXXXXXX
la cual me dispongo a llamar y me confirman que efectivamente así consta.
Es decir, lo único que tengo que hacer, es pasarle la ITV actualizar la documentación y luego simplemente, según un indiciduo de DGT hacer el cambio del titular, ya que como me la han regalado, solo tengo que llevar mi DNI....... estoy flipando o se han quedao todos conmigo
Vespa 50 la regalada
Lambrettta Jet 200 la santanderina
Vespa 200 Iirs la requenense
El impuesto de transmisiones lo tienes que pagar, aunque te la regalen, pero vamos que son 4 - 5 €.
Salu2
Digo yo que aunque te la regalen tienes que llevar un contrato de compra-venta aunque en el precio pongas el que quieras y por supuesto, si te la han regalado, era seguro de tu primo? el no sabia que estaba pagando el seguro? que paga el impuesto o que estaba exenta de impuesto?, asegurate bien de todo! Yo la mía si ves un post un poco más abajo también tenía muchas cosas que hicieron que la transferencia fuera coser y cantar pero hasta que no tenía todo en mis manos no me fiaba de nada!
Un saludo y suerte! 😉
-Vespa pk125s -año 83-(al 100%) viewtopic.php?f=26&t=33735"
-Vespa 150GS -año 67-(En proceso)
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-Vespa pk125s -año 84-(al 100%)
-Vespa TX200 -año 90
-Vespa P200E DS - (En proceso)
Enhorabuena! Que la disfrutes. Anda, que si la buscas ni de coña... ejjjej
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santi.200
]Es decir, lo único que tengo que hacer, es pasarle la ITV actualizar la documentación y luego simplemente, según un indiciduo de DGT hacer el cambio del titular, ya que como me la han regalado, solo tengo que llevar mi DNI....... estoy flipando o se han quedao todos conmigo
esto para mí que no es así. Tienes que hacer una transferencia normal, por muy regalada que sea.
nandoplaza[arroba]gmail[punto]com
http://vespremadura.blogspot.com/
http://server4.foros.net/index2.php?mforum=vespremadura
i pagar el cambio de nombre que son creo 60 pavos
a ver, a ver, no os exciteis, os digo lo que me han dicho en el ayuntamiento de valencia.... yo de todas formas, tengo todos los papeles para hacer la transferencia como otra cualquiera, y los recibos están todos pagados, porque iban, siguen domiciliados, y el tema del seguro como hoy estan informatizados DGT-ayuntamiento, estos últimos me aseguran que hay un seguro en vigor.... y sí, el que me la ha dado, siempre ha sido primo mio, bueno segundo, su padre y el mio primos hermanos.
Vespa 50 la regalada
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Perdona, pero quizá no lo entiendo bien y por eso tengo un pequeño dilema ¿El titular de la moto es tu primo o es otro? Lo digo porque me extraña que no sepa, o te tengas que enterar por otros, de que esté al día el impuesto de circulación y el seguro.
Si el titular es tu primo, no habrá ningún problema. Pero, si es otra persona tendrás que localizarla para firmar la transferencia.
P.D. Aunque parezca increible, las tranferencias de vehículos de más de 10 años están exentas del impuesto de transmisiones.
Vespa 150S de 1.962
Vespa 125n de 1.957
Vespa 125n de 1.956 (El eterno letargo)
Vespa P200E DS de 1.980
Vespa LX 125ie 3V de 2.012
Mobylette AV-89 de 1.977
Mobylette Cady E-14 de 1.984
Kawasaki ZX-10R Ninja del 2.008
Borinos Mallorca
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Juan Jaume
]Perdona, pero quizá no lo entiendo bien y por eso tengo un pequeño dilema ¿El titular de la moto es tu primo o es otro? Lo digo porque me extraña que no sepa, o te tengas que enterar por otros, de que esté al día el impuesto de circulación y el seguro.
Si el titular es tu primo, no habrá ningún problema. Pero, si es otra persona tendrás que localizarla para firmar la transferencia.
P.D. Aunque parezca increible, las tranferencias de vehículos de más de 10 años están exentas del impuesto de transmisiones.
De motos de mas de 10 años, de vehiculos no. Básicamente porque en 2007 compre un coche de 10 años y 1 mes y tuve que pagar impuesto de trasmisiones, poco pero tuve que pagar
www.vesparagon.es
Vespa 125L de 1964
La poderosa
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cordobeitor1.6i
][quote=
Juan Jaume
]Perdona, pero quizá no lo entiendo bien y por eso tengo un pequeño dilema ¿El titular de la moto es tu primo o es otro? Lo digo porque me extraña que no sepa, o te tengas que enterar por otros, de que esté al día el impuesto de circulación y el seguro.
Si el titular es tu primo, no habrá ningún problema. Pero, si es otra persona tendrás que localizarla para firmar la transferencia.
P.D. Aunque parezca increible, las tranferencias de vehículos de más de 10 años están exentas del impuesto de transmisiones.
De motos de mas de 10 años, de vehiculos no. Básicamente porque en 2007 compre un coche de 10 años y 1 mes y tuve que pagar impuesto de trasmisiones, poco pero tuve que pagar
Pues el pasado mes de Febrero, vendí una furgoneta Fiat Scudo matriculada en Abril del 2.000 y no hizo falta pagar el mencionado impuesto.
Quizá sea según la comunidad autónoma, o vete tu a saber que 😳
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Eso no tiene nada que ver con los años del vehículo. Juan Jaume, seguramente no lo pagaste porque cuando es entre empresas o a un compraventa (con cif) es con factura y ya pagas el iva. En ese caso no se paga el 620. No tiene nada que ver con la edad. Yo con mi 150 (del 62 y rehabilitación además) tuve que pagar (unos 4€ creo).
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La transmisión fue entre particulares, y además diré que de principio si se pagó, pero, al acudir a la DGT la funcionaria que nos tocó nos dijo que no era preciso aportar el modelo 620 ya que el vehículo tenía más de 10 años. Al salir de la DGT acudimos de nuevo a la oficina bancaria donde se había hecho efectivo el pago del impuesto de transmisiones, mi compañero le explicó el motivo de nuestra visita y le devolvieron el importe pagado anteriormente.
Es verdad que el valor de una furgoneta lo tienen que decir los sujetos pasivos, no así los otros vehículos, al menos a lo que coches y motos se refiere, que se paga según el valor que le da hacienda.
Como os habréis dado cuenta, se nos informó de esto en la DGT, no así en hacienda, que callaron como... 😡
Sigo sin entender porque regla de tres se rigen esta gente, pero después de lo que comentáis, espero que no se deba todo a un error y el día menos pensado le venga alguna reclamación o recargo a mi amigo 😳
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Ah! Se me olvidaba decir que en Junio del año pasado también vendí una CBR929RR matriculada en Abril del 2.000, y el comprador también estuvo exento del pago del impuesto, esta vez si se nos informó en la delegación de hacienda.
Al vender la furgoneta acudimos a hacienda pensando que esta norma solo se aplicaba en las motos.
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pues yo en enero del año pasado en hacienda me dijeron que de la vespa no tenia que pagar nada por vieja, pero en julio de 2007 cuando compre el coche un cordoba de junio del 97 si tuve que pagar unos 20 o 30 euros, nose quizas la cosa ha cambiado,
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La poderosa
bueno, por lo que me comentais.........
la moto era de mi tio.... su hijo no tiene ni idea de nada.
está de alta en tráfico,al dia con los impuestos en ayuntamiento y además tiene seguro en activo. me lo han confirmado.
no tengo que pagar transmisiones, solo cambiarla de nombre en tráfico y ya está.
Ya le he hecho el seguro, le paso la ITV, sólo le tengo que cambiar, las zapatas de frenos y los cables (todos), le cambio el nombre, y luego con tranquilidad, ya la pintaré y esas cosas...
Vespa 50 la regalada
Lambrettta Jet 200 la santanderina
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Enhorabuena!!! Sin lugar a dudas es un estupendo regalo, así que ahora a disfrutarla con orgullo.
Saludos 😉
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Vespa 125n de 1.956 (El eterno letargo)
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